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Sección con el apoyo de

Autorizadas las cesiones de uso gratuito de cuota láctea de la Reserva Nacional

06/06/2011

El Consejo de Ministros aprobó el viernes un Real Decreto que modifica la normativa actual que regula el sistema de gestión de cuota láctea en España, para poner en marcha las cesiones de uso gratuito de cuota de la Reserva Nacional que, en este momento, dispone de más de 360.000 toneladas, cantidad suficiente para llevar a cabo estas cesiones. Fue publicado el sábado pasado como RD 774/2011.

Se trata de una de las últimas actuaciones previstas en el marco de la Estrategia para el sector lácteo español: Horizonte 2015, puesta en marcha por el MARM en 2009, con el objetivo de avanzar hacia un sector lácteo más competitivo, orientado al mercado, y que contribuya al desarrollo de las zonas rurales donde este sector tiene una presencia clave.

En particular, la norma aprobada se enmarca dentro del primer eje de medidas para la reestructuración del sector mediante el redimensionamiento de las explotaciones lecheras españolas, cuyo tamaño todavía es sensiblemente inferior a la media comunitaria (255.000 Kg/explotación frente a los 305.000 Kg/explotación).

De esta forma, esta medida permitirá a los productores que lo deseen incrementar el tamaño de su explotación de una manera gratuita, sencilla y sin incertidumbres, ya que con la publicación de esta norma los productores dispondrán de una cantidad adicional de cuota que podrán utilizar para esta campaña, cuya cuantía podrán conocer de manera individualizada a través de los sistemas informáticos de consulta de los que dispone el Ministerio en el marco de la gestión de la cuota láctea (SIGLAC)

Además, mediante estas cesiones de uso gratuitas se maximiza el uso de la cuota disponible en la Reserva Nacional, que procede en su mayor parte de los incrementos anuales del 1% de la cuota nacional, acordados en la revisión de la PAC de 2009, conocida como “Chequeo Médico de la PAC”.

Concretamente, el nuevo Real Decreto consta de un único artículo con dos apartados, uno para incluir las cesiones temporales de uso como un mecanismo más de asignación de la reserva nacional, y otro para determinar las condiciones de estas cesiones.

Entre estas condiciones, el Real Decreto establece la cantidad de cuota objeto de cesión de derecho de uso, que se calculará sobre la cuota disponible en la explotación a 31 de marzo del año en que finaliza el periodo anterior. En todo caso, no se cederá el derecho de uso de cantidades superiores a 200.000 Kg ni inferiores a 3.000 Kg de cuota láctea procedente de la Reserva Nacional por explotación.

Como requisitos para recibir esta cesión, se establece el requisito de haber realizado entregas o ventas directas durante el periodo anterior superiores al 85% de la cuota disponible para dicho periodo, y no haber sido cedente de cuota durante el periodo anterior, por lo que la práctica totalidad de los ganaderos españoles se podrán beneficiar de esta medida.

Por último, está prevista la aplicación de esta norma desde el 1 de abril de 2011, día de inicio de la campaña 2011/2012, dado que presenta aspectos favorables para los productores de leche, al permitirles producir más desde el mismo momento de la publicación, evitándose así incertidumbres.

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