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El acuerdo con los EEUU facilitará las relaciones comerciales de la UE con este país en el terreno vinícola

Vino 13 Mar 2006 0

Bruselas, 10 de marzo de 2006. «Estoy muy satisfecha de que este acuerdo pueda por fin entrar en vigor, y quisiera brindar por los negociadores que lo han hecho posible», dijo Mariann Fischer Boel, Comisaria de Agricultura y Desarrollo rural. «Este acuerdo facilitará el acceso de los vinos europeos al lucrativo mercado de los EEUU, en el que los consumidores saben apreciar la calidad de nuestros vinos y la larga historia que les precede. En un mercado tan competitivo como el de hoy en día, es fundamental que nuestros productores (que, a mi modo de ver, son los mejores del mundo), no se encuentren con obstáculos innecesarios y entorpecedores. La UE otorga la máxima importancia a una adecuada protección de sus indicaciones geográficas en el exterior».

Los negociadores de la UE y los EEUU alcanzaron finalmente un acuerdo a finales del verano pasado, que fue rubricado en Washington el 14 de septiembre de 2005.

Los principales elementos del acuerdo son los siguientes:

Algunos nombres de vinos europeos, tales como Porto, Jerez o Champagne son considerados en los Estados Unidos denominaciones semigenéricas. Gracias al acuerdo, en los EEUU su utilización será limitada. Este país se compromete a cambiar su estátus jurídico de forma que en el futuro su uso quede limitado a los vinos procedentes de la UE.

Se aceptan las prácticas de vinificación de los EEUU no cubiertas por excepciones reconocidas por la UE. Sin embargo, sólo será posible la exportación de tales vinos por parte de los EEUU una vez cambiado el estátus de las denominaciones semigenéricas. Las nuevas prácticas de vinificación de los EEUU serán analizadas y sólo se aceptarán en la UE si no se presentan objeciones contra ellas. No existe reconocimiento mutuo.

Los vinos de la UE estarán también exentos de los requisitos de certificación de EEUU de 2004.

Los EEUU y la UE han convenido en resolver eventuales problemas bilaterales a través de consultas bilaterales informales en vez de mecanismos formales de resolución de controversias.

Dado que este acuerdo no es más que una primera etapa, se han detallado una serie de perspectivas claras para una segunda etapa más ambiciosa. Existe el compromiso firme de comenzar las negociaciones para la segunda etapa en un plazo máximo de 90 días a partir de la entrada en vigor de este acuerdo.

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