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Condiciones de contratación en el sector lácteo

04/04/2011

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto en el que se recoge cómo se aplicará en España la contratación en el marco del nuevo Reglamento comunitario que será aprobado en los próximos meses y con el que se atiende la demanda puesta de manifiesto durante los debates del Grupo de Alto nivel del Sector Lácteo de elaborar la legislación necesaria para fomentar el uso de contratos en el sector, como elemento de mayor estabilidad y certidumbre.

El Real Decreto establece la obligatoriedad de usar contratos escritos para todas las transacciones de leche cruda entre los productores y la industria de forma que, tanto el volumen como el calendario de recogida y el precio de la leche, formen parte de ese contrato y, por tanto, sean conocidos por los ganaderos antes de la recogida de la leche. Esta obligación se aplicará una vez que el nuevo Reglamento comunitario entre en vigor.

Estabilidad y certidumbre para el sector

El establecimiento del contrato obligatorio dotará al sector de mayor estabilidad y certidumbre y redundará en una mejora para todos los eslabones de la cadena. Por otra parte, la posibilidad establecida en la nueva norma de que una organización de productores pueda negociar en nombre de sus socios todos los términos de un contrato con la industria, es totalmente novedosa en el ordenamiento jurídico español y constituye una importante oportunidad para los ganaderos de mejorar su posición en la cadena de valor de la leche.

Organizaciones de productores

El nuevo Real Decreto también regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales en el sector lácteo.

A partir de su publicación se podrá comenzar el proceso de constitución y reconocimiento de las organizaciones de productores, como elemento clave de vertebración sectorial para agrupar la oferta de los ganaderos y poder abordar en común la comercialización de la leche.

En esta línea el Real Decreto refuerza el papel de la Interprofesional Láctea (INLAC) y establece sus funciones, entre las que caben destacar la mejora del conocimiento y la transparencia de los mercados, a través de la publicación de datos estadísticos, el análisis de la evolución futura de los mercados así como las acciones de promoción en el sector lácteo o la elaboración de modelos de contratos de acuerdo a la legislación vigente

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