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Las cotizaciones a las interprofesiones no atentan contra la libertad que la Constitución garantiza, según el Consejo Constitucional de Francia

21/02/2012

El Consejo Constitucional de Francia ha validado las cotizaciones que las interprofesiones cobran a los miembros de su sector. Esta opinión se ha emitido, debido a que varios viticultores de Burdeos, entre ellos la empresa Chaudet et Fille, presentaron un recurso alegando que dichas cotizaciones eran unos impuestos que se cobraban sin que se hubieran fijado legalmente las normas para los mismos.

Según el Consejo, estas cotizaciones son percibidas por las organizaciones interprofesionales, que son organismos de derecho privado, utilizadas para la financiación de sus actividades, a favor de sus miembros en el marco definido por el legislador y aportadas por los miembros de estas organizaciones que están constituidas por producto o grupo de productos.

El Consejo opina que estas cotizaciones no constituyen ningún tipo de impuestos, que no atentan contra el principio de igualdad y que no son contrarias a derecho ni a la libertad que la Constitución garantiza.

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