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La Xunta publica las órdenes de ayudas para la liquidez de las explotaciones lácteas y para la moratoria de los préstamos sobre mejora e incorporación de jóvenes

15/04/2013

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el viernes dos órdenes de la Consellería de Medio Rural y del Mar destinadas por un lado a ayudar a cubrir las necesidades de liquidez de las explotaciones lecheras y por otro a subvencionar la moratoria de los préstamos vinculados con la mejora de explotaciones e incorporación de jóvenes a la actividad agraria. La dotación presupuestaria conjunta de ambas convocatorias asciende a 450.000 euros.

Liquidez

En el primer caso, la Orden regula y convoca para el año 2013 las subvenciones para ayudar a cubrir las necesidades de liquidez de las explotaciones lecheras. El plazo de presentación de solicitudes terminará el próximo 1 de julio.

Se trata de ayudas de mínimis, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a ayudar a cubrir las necesidades de liquidez de las explotaciones lecheras, mediante la bonificación de intereses de los préstamos que suscriban los titulares de explotaciones con las entidades financieras que habían firmado el correspondiente convenio con la Consellería.

Estas ayudas vano dirigidas a los titulares de explotaciones lecheras de vacuno de leche con cuota asignada en el momento de hacer la solicitud de ayuda; además de tener solicitada la ayuda de pago único o la ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector de vacuno de leche. Asimismo, deberán formalizar –hasta el 15 de junio– un préstamo con las entidades asignadas, por una cuantía máxima equivalente al 90% de las cantidades solicitadas, y no inferior a 1.000 euros. El plazo para cancelar el préstamo por el beneficiario será de ocho días tralo ingreso del importe de la ayuda del régimen de pago único (RPU).

El importe de la ayuda consistirá en la bonificación de 3,30 puntos del tipo de interés anual sobre lo préstamelo que el beneficiario suscriba, siendo el interés total máximo del 5,50%. Esta cuantía no podrá exceder de 7.500 euros durante un período de 3 años, incluyendo el total de ayudas de mínimis percibidas por el beneficiario en ese mismo período.

Moratoria

La segunda de las órdenes que publica el DOG establece las bases de las ayudas para la moratoria de los préstameos vinculados con la mejora de explotaciones e incorporación de las personas jóvenes a la actividad agraria, y se convocan para 2013.

El plazo de solicitud de la ayuda es de dos meses desde esta publicación. La petición de subvención se presentará en el incluso documento en que se solicite la carencia, en la entidad financiera en que se formalizó el préstamo. La dotación presupuestaria de estas ayudas es de 200.000 euros.

Se trata de ayudas de mínimis, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al pagado del importe de los intereses que correspondan a un año de carencia en la amortización de los préstamos de modernización, concedidos en base a las convocatorias desde el año 2007 hasta el 2011 –ambos incluso–, y para lo cuál las entidades financieras podrán firmar el correspondiente convenio con la Consellería.

Los beneficiarios de estas ayudas son los titulares de explotaciones agrarias de vacuno de leche y carne que soliciten un período de carencia de un año en la amortización del préstamelo concedido en su día al amparo del convenio firmado entre la Consellería de Medio Rural y del Mar con entidades financieras. Los prestamistas que soliciten la carencia deberán tener certificada, con anterioridad al final del plazo de solicitud de la ayuda, la ejecución de las inversiones subvencionadas en las ayudas de mejora de explotaciones e incorporación de las personas jóvenes a la actividad agraria.

Importe de la ayuda

La Consellería de Medio Rural y del Mar financiará los intereses que correspondan, remunerando a las entidades financieras por cada carencia concedida en función del capital pendiente y del tipo de interés establecido en los convenios. Esta cuantía no podrá exceder de 7.500 euros durante un período de 3 años, incluyendo el total de ayudas de mínimis percibidas por el beneficiario en ese mismo período.

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