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OIVE anima a bodegas y viticultores a utilizar contratos tipo homologados

Vino 27 Jul 2026 0

La Interprofesional del Vino de España (OIVE) ha recordado a los operadores del sector, de cara al inicio de la nueva campaña vitivinícola, que disponen de contratos tipo homologados de compraventa tanto de uva para vinificación como de vino, una herramienta pensada para dar estabilidad a las relaciones comerciales entre productores y compradores.

Los modelos vigentes fueron homologados por el Ministerio de Agricultura mediante las órdenes APA/786/2024 y APA/787/2024, que garantizan su adecuación a la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria y ofrecen un marco común de seguridad jurídica. Los contratos, homologados para las tres campañas siguientes a su aprobación en 2024, pueden además formalizarse con carácter plurianual, lo que facilita la planificación de las operaciones entre las partes.

El presidente de la organización, Fernando Ezquerro, animó a utilizar estos contratos, que a su juicio suponen una herramienta para bodegas y viticultores y permiten seguir avanzando en un mejor funcionamiento de la cadena de valor vitivinícola.

Desde su web, OIVE ha registrado más de 1.000 descargas de estos modelos, lo que refleja su extensión entre los operadores. La entidad recomienda que, una vez suscritos, los contratos se depositen ante el organismo independiente designado por la propia interprofesional, que garantiza la confidencialidad y ofrece un mecanismo de resolución de controversias. En la campaña 2025-26 se registraron algo más de 200 contratos de compraventa de uva para vinificación y de vino, sin que se notificara ninguna reclamación.

El contrato de uva para vinificación fue el primero en homologarse, en 2019, a iniciativa de OIVE; el de compraventa de vino se sumó en 2020. Desde entonces se han introducido mejoras sucesivas a través de distintas órdenes ministeriales, entre ellas la posibilidad de suscribirlos con carácter plurianual y su adaptación a los cambios en la Ley 12/2013 de la cadena alimentaria.

La interprofesional ha aclarado que estos contratos tipo homologados, regulados por la Ley 2/2000 y de uso voluntario, no deben confundirse con el Registro de contratos alimentarios, creado por el Real Decreto 1028/2022, en el que sí es obligatorio inscribir los contratos suscritos con productores primarios y sus agrupaciones. Impulsar la mejora de las relaciones comerciales en el sector figura entre los objetivos del eje 2 del plan estratégico de OIVE para el sector vitivinícola español.

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