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La Responsabilidad Ampliada del Productor se extiende a envases comerciales e industriales

02/03/2023

La extensión de la Responsabilidad Ampliada del Productor, RAP, a los envases comerciales e industriales, recogida en el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, supone una nueva obligación para los productores y comercializadores de frutas y hortalizas frescas en el mercado nacional, según FEPEX, que será exigida antes del 31 de diciembre de 2024.

La Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) es una política medioambiental que responsabiliza a los productores de todo el ciclo de vida de los productos que introducen en el mercado, desde su diseño hasta el final de su vida útil (incluyendo la recogida y reciclaje de residuos), que ya estaba incluida en anteriores Directivas comunitarias y normativas nacionales de envases y residuos de envases, y que ya afectaba a los envases domésticos, Ahora, esta responsabilidad se ha ampliado a los envases comerciales e industriales, según lo establecido en el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, publicado en el BOE del 28 de diciembre y que entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Esta nueva obligación supondrá en primer lugar, que los productores de producto, los envasadores, tendrán que inscribirse en un Registro de Productores de Producto, que ya está operativo, y lo tendrán que hacer antes del 29 de marzo, según se explicó en el webinar “El régimen de responsabilidad ampliada del productor del Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases en el sector de frutas, hortalizas, flores y plantas”. El webinar fue organizado por FEPEX, la semana pasada, en colaboración con Ecoembes, contando con la participación de Sonia Revuelto, gerente del equipo financiero de esta entidad dedicada al reciclaje de envases domésticos, y la Federación Española de Envases de madera y sus componentes, Fedemco.

La segunda obligación será informar de los envases comerciales e industriales puestos en el mercado y una tercera obligación será adherirse a un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor, SCRAP, para envases comerciales e industriales, que ahora no existe pero que se creará en breve para responder a la nueva normativa, según Emilio J. Pérez, asesor jurídico de FEDEMCO.  Hasta la fecha el único SCRAP autorizado para la gestión de envases domésticos es Ecoembes.

En el Registro de Productores de Producto se deberá declarar cada elemento de envase, así como su peso y material, no debiendo ser declarados los envases destinados a la exportación.

El Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, que entró en vigor el 29 de diciembre del año pasado y la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, aprobada el pasado 8 de abril de 2022, son consecuencia de la trasposición de la Directiva Europea de Envases y Residuos de Envases, donde se establece la obligación de aplicar el régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) además de a los envases domésticos, al resto de envases comerciales e industriales antes del 31 de de diciembre de 2024, a los que con carácter general no se les aplicaba hasta la fecha en España. De esta forma la RAP se amplia a todos los envases y residuos de envases, de forma que los productores afectados tendrán que asumir el coste de la gestión de estos residuos.

El Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, incluye también otros cambios de gran calado en el sector de frutas y hortalizas, como la  obligación de presentar las frutas y hortalizas en lotes inferiores a 1,5 kilogramos a granel. Fuente: Fepex

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