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Lengua azul: novedades en las zonas restringidas

12/03/2020

Ayer se publicó en el BOE, la Orden APA/206/2020 que establece medidas específicas de protección en relación con la lengua azul y las distintas zonas en las que se aplican. Los principales cambios tienen que ver con la selección de territorios que son zonas restringida para los diferentes serotipos de la enfermedad, así como de las zonas en donde se puede dictar la vacunación voluntaria, según señala Unión de Uniones.

Para empezar, debido a que se ha cumplido con la ausencia de circulación del serotipo 1 y 4 del virus de la fiebre catarral ovina, en determinados territorios durante un período mínimo de dos años, con dos estaciones de actividad del vector, se modifican las zonas de restricción para retirar dichos territorios.

Además, se incluye la posibilidad de realizar vacunación voluntaria frente a los serotipos 1 y 4 en determinadas zonas por su proximidad a las zonas de restricción, y también se actualizan algunas comarcas de la zona de vacunación voluntaria frente a los serotipos 4 y 8 en Aragón y Cataluña dados los recientes cambios comunicados en determinados territorios.

Por otra parte, en comarcas situadas en zona restringida en las que no se declara periodo estacionalmente libre en todo el año, se incluye la posibilidad de mover animales de la especie bovina desde esta zona hacia el resto del territorio nacional siempre que estos vayan acompañados de una prueba PCR o con ausencia de signos clínicos de la enfermedad cuando su destino sea un matadero ubicado dentro de la misma zona de restricción, y siempre que el movimiento se produzca tras la instauración del periodo estacionalmente libre en el resto de la zona restringida.

Desde la imagen es posible descargar el listado de zonas restringidas y de zonas de vacunación voluntaria frente a cada serotipo.

El listado de zonas restringidas y de zonas de vacunación voluntaria frente a cada serotipo puede verse en la Orden

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