Una sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha anulado por defectos formales, las multas de 88 millones que impuso la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia a 11 industrias lácteas por intercambio de información y el reparto de mercado de la leche cruda de vaca para el año 2013. La Sala no entra en el fondo del asunto (si la multa procede o no) y estima parcialmente los recursos de las empresas lácteas ordenando retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior a 24 de abril de 2014, fecha en la que la CNMC reabrió la instrucción del expediente para modificar y ampliar las imputaciones que ya habían sido establecidas.
Con anterioridad a estas sentencias, una de las empresas afectadas, Nestlé, recurrió primero ante la Sala de lo Contencioso de la AN y después ante el TS la modificación posterior de los pliegos de concreción de los hechos que realizó la Dirección de Competencia. Tanto la Audiencia Nacional como el TS (en sentencia del pasado 24 de julio) concluyeron que la resolución de 24 de abril de 2014 de la Dirección de Competencia por la que se ordenaba reabrir la fase de instrucción, amparándose en la potestad de corregir errores materiales, era nula porque esa corrección no sólo implicaba una valoración jurídica sino que implicaba también una irregularidad procedimental, al reabrirse la fase de instrucción. El TS ha dictaminado que esta sentencia debe afectar a todas las empresas sancionadas y no solo a Nestlé.
Por consiguiente, el Tribunal ha anulado las resoluciones sancionadoras pero la Sala explica que se podrá proseguir el procedimiento por sus propios cauces y que podrá culminar bien con una resolución sancionadora, o bien con una resolución de archivo, “según la apreciación de las pruebas y de las alegaciones de las partes que realice la CNMC con plena libertad de criterio”.
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