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Guía de la Comisión para poder valorizar como pienso, alimentos que ya no están destinados a consumo humano

18/04/2018

La Comisión Europea ha publicado unas «Directrices para poder usar como pienso, alimentos que ya no están destinados a consumo humano», que es una parte integrante de la comunicación sobre la economía circular. Los  nutrientes de la alimentación, que por razones comerciales o de fabricación, ya no van destinados a consumo humano, pueden valorizarse vía la alimentación animal evitando que vayan a compostaje, biogás o a ser incinerados.

Esta guía tiene como fin, ayudar a las autoridades competentes, nacionales y locales, en la aplicación de la legislación comunitaria, mejorando la claridad legal. El documento contiene 15 aclaraciones concretas, entre las que destacamos:

– Los subproductos de origen no animal procedentes de la industria alimentaria ( como torta de girasol, melaza de remolacha, germen de trigo, hidrolizado de almidon, subproductos de panadería) no deben considerarse automáticamente residuos y pueden entrar directamente en el ámbito de aplicación de la legislación sobre piensos.

– Los productos alimenticios finales  en el nivel mayorista o minorista, que ya no están destinados al consumo humano, podrán estar sujetos a la legislación comunitaria y nacional en materia de residuos antes de que puedan utilizarse como piensos.

– Los alimentos de origen no animal que ya no están destinados al consumo humano pueden entrar en la cadena alimentaria animal como «residuos destinados a la valorización», de conformidad con la legislación comunitaria y nacional que regula dichos residuos.

– Los alimentos que ya no están destinados al consumo humano y que sean productos  de origen animal, los contengan o estén contaminados con ellos no podrán utilizarse directamente para la fabricación de piensos, sino que deberán someterse en primer lugar a las disposiciones del Reglamento sobre subproductos animales.

– Los minoristas de alimentos que suministran el producto en cuestión como alimento a un explotador de empresa de piensos que lo transforma en piensos no necesitan estar registrados como explotadores de empresas de piensos.

– Los alimentos que hayan superado su fecha de caducidad podrán utilizarse como pienso siempre que cumplan los requisitos de inocuidad

– Bajo determinadas condiciones, los materiales que caigan al suelo de los establecimientos alimentarios no deberán desecharse automáticamente y podrán utilizarse como piensos, siempre que no exista riesgo.

– Los  alimentos que ya no están destinados al consumo humano y que no sean inocuos para piensos deberán indicar claramente que solo pueden utilizarse como pienso tras un procesamiento adecuado.

Estas  directrices han sido desarrollada por la Comisión Europea en estrecha cooperación con los Estados miembros y los integrantes de la Plataforma de la UE sobre desperdicio de alimentos.

Para consultar la guía

 

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