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El FEGA fija la tasa de reembolso de disciplina financiera de 2017

PAC España 1 Mar 2018 0

Foto: Freepik

El FEGA ha establecido una tasa de reembolso provisional de la disciplina financiera del ejercicio financiero 2017, a aplicar a los pagos superiores a 2.000 € a efectuar a partir del 1 de diciembre de 2017, para aquellos beneficiarios sujetos a la reducción de la disciplina financiera en el ejercicio financiero 2018. Esta tasa es de 1,38%.

Este coeficiente tiene carácter provisional, y tendrá que ser revisado, teniendo en cuenta los pagos ya realizados y las previsiones de pagos pendientes que habrán de comunicar los organismos pagadores autonómicos al FEGA.

El reembolso correspondiente al ejercicio financiero 2017 se aplicará a todos los beneficiarios finales sujetos a la disciplina financiera en el ejercicio financiero 2018. En el ejercicio financiero 2018, están sujetos a la disciplina financiera, todos los beneficiarios que reciban pagos por encima de 2.000 euros correspondientes al año de solicitud 2017, así como aquellos a los que se les vayan a efectuar pagos tardíos de campañas anteriores (años civiles 2013, 2014, 2015 y 2016) en dicho ejercicio financiero, teniendo en cuenta que a estos beneficiarios se les aplica el coeficiente de ajuste por disciplina financiera de la campaña (2,453658% para los pagos tardíos del año civil 2013, 1,302214% para los pagos tardíos del año civil 2014, 1,393041% para los pagos tardíos del año civil 2015, 1,353905% para los pagos tardíos del año civil 2016 y 1,388149 % para los pagos del año civil 2017).

En noviembre pasado, la Comisión publicó un reglamento, fijando para cada Estado miembro el techo de los importes de los créditos que serán prorrogados del ejercicio 2017 para su reembolso a los perceptores finales sujetos, en el ejercicio financiero 2018, al porcentaje de ajuste de la disciplina financiera. En el caso de España, la cantidad establecida para el reembolso de los créditos prorrogados es de 54.860.187 €.

 

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