El martes pasado, en Huesca, El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón presentó un anteproyecto de Ley de Venta de Proximidad de productos agroalimentarios
Este anteproyecto, que pretendía regular la venta directa para contribuir a la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas, el desarrollo económico y el mantenimiento de la población rural, ha surgido sin tener en cuenta la opinión de las organizaciones agrarias ni de los operadores que llevan años promocionando y practicando la venta directa. La iniciativa es encomiable pero hay que tener en consideración que la realidad de la venta directa es ajena a las grandes producciones y que quien la realiza son los pequeños productores.
Según UAGA, lo primero que hace falta es conocer la realidad de la venta directa tanto en sus aspectos legales como en los prácticos y sobre todo saber qué se puede hacer con la actual legislación vigente sin que sea preciso crear una nueva norma. Es realmente importante y necesario el desarrollo legislativo de las directivas comunitarias 852 y 853/2004 que posibilitan a los estados miembros o en su caso en España, a los gobiernos autonómicos a establecer medidas de flexibilización en las exigencias a las pequeñas explotaciones para la transformación de sus producciones.
UAGA considera que así mismo es imprescindible conocer cuáles son ahora mismo los requisitos necesarios, tanto a nivel sanitario como fiscal o en lo que compete a la normativa de comercio, para realizar la venta directa en pequeñas tiendas al consumidor final, y transmitirlo a los propios productores
La artesanía alimentaria vinculada a las explotaciones agrícolas y ganaderas contiene un enorme valor como fuente generadora de empleo, medio de cohesión territorial y recurso turístico y cultural.
UAGA propone que los titulares de explotaciones agrarias y ganaderas que quieran formar parte de las explotaciones agrarias vinculadas a la venta directa y a la transformación de sus productos tendrán que cumplir los principios de identificación, seguridad alimentaria y trazabilidad. Las actividades a las que se pueden dedicar estas explotaciones serán:
– Elaboración de mermeladas, zumos, conservas de frutas y hortalizas.
– Elaboración de productos cárnicos.
– Elaboración de productos lácteos.
– Elaboración de vino, vinagre, licores y aguardientes.
– Elaboración de aceite de oliva virgen extra.
– Venta de huevos.
– Manipulación y elaboración de miel y productos derivados.
– Manipulación de especies vegetales para infusión de uso en alimentación y como agentes aromáticos de uso en alimentación.
UAGA también propone que se cree un Manual de buenas prácticas para la aplicación de esta ley aragonesa de venta directa de productos ligados a la explotación agraria.
UAGA manifiesta que el anteproyecto de ley presentado no es el idóneo y apuesta por la creación de un grupo de trabajo que replantee la nueva ley, conjuntamente con un manual sobre todos estos aspectos. Fuente: UAGA







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