El Ministerio de Agricultura ha presentado al sector un nuevo borrador del Proyecto de Real Decreto sobre la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo de cerdo ibérico. Este borrador se ha realizado una vez recibidas y analizadas las alegaciones presentadas y habiendo considerado algunas de ellas.
La principal modificación que incluye este borrador es que introduce la distinción por raza en la designación de los productos. En el antiguo borrador se establecían tres designaciones: ibérico puro de bellota o de montanera, Ibérico extensivo e ibérico intensivo., es decir, que se podía utilizar el término “iberico” tanto en los puros como en los cruzados.
Por el contrario, en el nuevo borrador, la designación ibérico tiene que ir siempre acompañada del porcentaje que marca su grado de pureza. Además, reduce a dos las denominaciones:
– “de bellota % ibérico”
– “de cebo % ibérico”
En el caso del de bellota, la alimentación tendría que ser exclusivamente a base de bellota, hierba y otros recursos naturales de la dehesa. En el caso del de cebo, la alimentación se basaría en piensos, fundamentalmente en cereales y leguminosas, y otros recursos de la dehesa.
En ambos casos, tanto de bellota como de cebo, el porcentaje que acompañaría al término “ibérico” tendría que ser: 100%, 75% o 50%. Por tanto, siempre el porcentaje genético mínimo de raza porcina ibérica sería el 50%.
Según el borrado, para obtener animales del 100% ibérico se emplearían hembras de raza 100% ibérica y machos de raza 100% ibérica, ambos inscritos en libro genealógico.
Para obtener animales del 75% ibérico se emplearían hembras de raza 100% ibérica inscritas en el libro genealógico y machos procedentes de cruce de madre de raza 100% ibérica y padre de raza 100% duroc, ambos inscritos en el correspondiente libro genealógico de la raza.
Para obtener animales del 50% ibérico se emplearían hembras de raza 100% ibérica y machos de raza 100% duroc, ambos inscritos en el correspondiente libro genealógico de la raza.
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