• Agrodigital - La web del campo
  • Contáctanos
  • separador
  • Anúnciate con nosotros
  • ✉︎ NEWSLETTER
  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión

Propuesta de aplicación de la Reforma de la PAC en España

PAC 22 Oct 2004 0

Pagina nueva 1

Según un documento de trabajo titulado "El Modelo de Desarrollo y
Aplicación de la PAC en España", cuyo origen es el Ministerio de Agricultura, la
propuesta de aplicación de la Reforma de la Reforma de la PAC podría ser la
siguiente:

 

Cultivos Herbáceos.

 

–        
Mantener, al menos en una primera etapa de aplicación, el 25% de los
pagos acoplados, incluyendo la ayuda del trigo duro.

–        
Flexibilizar las limitaciones a la producción, revisando los índices de
barbecho, con vistas a su desaparición

–        
Posibilidad de flexibilizar la retirada voluntaria para evitar perjuicios
a zonas con bajos rendimientos  limitaciones.

 

Ovino y caprino

 

–        
Mantener acoplado el 50% de los pagos

 

Vacuno

 

–        
Mantener acoplado el 100% de la prima al sacrificio de terneros y el 100%
de la prima a la vaca nodriza

–        
Mantener acoplado el 40% de la prima al sacrificio de animales adultos.

 

Lúpulo

 

–        
Mantener acoplado el 25% de las ayudas

 

Aceite de oliva

 

–        
Establecer una ayuda desacoplada del orden del 90%

–        
Establecer la ayuda acoplada por hectárea en función de 5 categorías de
olivar en base a criterios que reflejen la importancia del olivar en las
diferentes zonas y las dificultades que plantea el cultivo (pendiente media,
relación entre la superficie de olivar y la superficie agrícola total,
características de las explotaciones etc.)

–        
Mantener los programas de mejora de la calidad

 

Tabaco

 

–        
Mantener acoplado el 60% de las ayudas durante el período transitorio.

 

Algodón

 

–        
Impulsar la formación de una interprofesional que permita la modulación
de la ayuda en función de la calidad.

–        
Flexibilizar las condiciones actuales sobre tierras admisibles para el
cultivo.

 

Leche

 

–        
Incorporación de la prima láctea al Régimen de Pago Único en 2006

 

Aplicación del artículo 69

 

Se propone aplicar este artículo (retener hasta un 10% de
los pagos desacoplados para fomento de determinadas producciones o actividades
que tengan relación con el fomento de la calidad o el respeto al medio ambiente)
en un nivel en torno al 5%, que tendría como objetivo prioritario atender a las
explotaciones más vulnerables y a las situadas en zonas desfavorecidas.

 

Reserva de derechos

 

–        
Reducción lineal de los importes en la cuantía necesaria para atender las
situaciones especiales.

–        
Adoptar el criterio de otorgar importes de referencia de la Reserva
Nacional a nuevos agricultores.

–        
Posibilidad de hacer una gestión regional de la Reserva Nacional para
asignar derechos a agricultores en zonas sujetas a programas de reestructuración
o de desarrollo relativos a algún tipo de intervención pública.

 

Movilidad de los derechos de ayuda

 

–        
Posibilidad de limitar el uso y cesión de los derechos de ayuda al ámbito
de la Comunidad Autónoma donde se generaron.

 

Establecimiento de peajes en la transferencia de
derechos

 

–        
Venta de derechos de ayuda sin tierras, 50% de retención en los tres
primeros años y 30% en adelante.

–        
Venta de derechos con tierras, 5% de retención.

–        
Ventas de derechos con toda la explotación, 0% de retención.

Deja un comentario Cancelar respuesta

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Webinar Agrodigital · ICL Webinar Gratuito

NUE: Cuando cada nutriente cuenta

24 de Septiembre Inscríbete gratis →

Te puede interesar:

La ampliación de la UE: el gran debate que puede redefinir la agricultura europea
destacamos29 Jul 2026

La ampliación de la UE: el gran debate que puede redefinir la agricultura europea

¿Puede una norma medioambiental aumentar el riesgo de incendio?
PAC29 Jul 2026

¿Puede una norma medioambiental aumentar el riesgo de incendio?

Farm Europe lanza un simulador para calcular el impacto del nuevo presupuesto de la PAC
PAC24 Jul 2026

Farm Europe lanza un simulador para calcular el impacto del nuevo presupuesto de la PAC

Agrodigital
Contacto Anúnciate con nosotros

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario y obtener analítica web.AceptarRechazar