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Sección con el apoyo de

¿Se puede parar UE-Mercosur?

08/01/2026

¿Cómo puede la Comisión Europea empujar un acuerdo con el que no todos están conformes? En el expediente UE–Mercosur, las reservas de varios gobiernos han condicionado el calendario en las últimas semanas. El nudo no está solo en lo que se firma, sino en cómo se firma: el recorrido de aprobación puede acelerar o encallar el acuerdo, y eso importa al campo porque decide quién puede frenar el avance y en qué momento.

Cómo se suelen aprobar estos pactos

En los acuerdos internacionales, la Comisión negocia, pero no “aprueba” por sí sola. Cuando hay un texto listo, el Consejo de la UE es quien autoriza la firma y, más adelante, quien lo concluye; además, puede decidir que se aplique de forma provisional mientras termina la ratificación completa. Ese itinerario general está descrito en el artículo 218 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) y en las guías del propio Consejo sobre su papel en acuerdos internacionales.

El otro actor imprescindible, en los acuerdos de mayor calado, es el Parlamento Europeo: en la práctica, sin su consentimiento no se cruza la meta. Y, dependiendo del contenido, puede aparecer un tercer “nivel” que alarga todo: los parlamentos nacionales. Ahí es donde los expedientes se vuelven imprevisibles, porque basta un bloqueo en un Estado miembro para dejar el acuerdo a medias durante años.

Dos carriles: EU-only, mixto y la idea del split

Para entender la discusión hace falta distinguir dos modelos. EU-only significa, en una frase, que el acuerdo se tramita como competencia de la UE y se aprueba en el carril institucional europeo (Consejo + Parlamento), sin ratificaciones nacionales. Mixto significa, también en una frase, que además de la UE deben ratificarlo los Estados miembros porque hay materias que no son exclusivamente comunitarias. En el terreno comercial, el artículo 207 TFUE encuadra la política comercial común y conecta con el procedimiento del artículo 218: la regla general en el Consejo es la mayoría cualificada, aunque el propio artículo 218 prevé excepciones en las que se exige unanimidad (por ejemplo, si es un acuerdo de asociación o si el contenido cae en ámbitos donde la UE decide por unanimidad).

Aquí aparece el concepto que está cambiando el tablero: split, o “separación en dos textos”. La idea es presentar dos instrumentos distintos: uno comercial (más defendible como EU-only) y otro de diálogo político/cooperación e institucional (más propenso a ser mixto, con ratificaciones nacionales). El Servicio de Estudios del Parlamento Europeo (EPRS) recoge explícitamente este escenario como una opción para UE–Mercosur: un acuerdo EU-only que entre en vigor antes, y otro mixto que llegue después o conviva como texto separado.

Esa es la “jugada”: dividir para que una parte corra y la otra camine. Esta estrategia reduce el número de vetos posibles en la fase inicial; quienes la defienden replican que no es magia, sino encajar cada pieza en el procedimiento que le corresponde. Como antecedente, el Tribunal de Justicia de la UE ya ha delimitado en ocasiones qué capítulos pueden considerarse de competencia exclusiva y cuáles empujan a la ratificación nacional (por ejemplo, en la Opinión 2/15 sobre el acuerdo con Singapur).

¿Se puede parar todavía?

Sí, todavía se puede parar… pero depende de por qué carril avance cada parte del acuerdo. Si el tramo comercial se tramita como EU-only (es decir, se queda en instituciones de la UE), no existe un “veto automático” de un solo país: para frenarlo tendría que formarse una minoría de bloqueo en el Consejo (un grupo suficiente de Estados para impedir la mayoría cualificada) o, más adelante, el Parlamento Europeo tendría que rechazarlo cuando llegue el trámite de consentimiento. Traducido a lenguaje llano: en ese carril pesan más las alianzas entre varios gobiernos y el voto final de la Eurocámara que el “no” aislado de una capital.

Si, en cambio, el acuerdo va por el carril mixto (porque incluye materias que obligan a ratificación nacional), entonces el freno es mucho más sencillo: cualquier ratificación que no salga adelante puede dejar el texto bloqueado o sin poder entrar plenamente en vigor. Por eso el split cambia el tablero: permite que lo comercial intente avanzar por EU-only mientras la parte política/cooperación y otros capítulos quedan en el recorrido largo de ratificaciones. Y de ahí la tensión: se discute, en el fondo, si el acuerdo se juega en una sola puerta con muchas llaves o en dos puertas con llaves distintas.

Comentarios de nuestros lectores:

  1. Despacio que tengo prisa dice

    08/01/2026 a las 13:21

    Si quiere Trump se parará, pero vamos a esperar a ver qué pasa con los ataques de EEUU

    Responder

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