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Los tribunales dictaminan sobre la aplicación del SMI en el convenio del campo de Jaén

07/10/2024

El Juzgado de lo Social número 3 de Jaén ha desestimado el recurso planteado por UGT y CC OO, donde UPA-Jaén se allanó a las pretensiones sindicales, sobre la aplicación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) al convenio del campo de Jaén. De esta forma, da la razón a las reivindicaciones de ASAJA-Jaén.

El inicio del conflicto colectivo por parte de CCOO y UGT para la aplicación del SMI al convenio del campo arrancó en abril. Desde el primer momento se manifestó por parte de ASAJA-Jaén y de la CEJ que no se estaba aplicando correctamente el Real Decreto que aprobó el SMI para 2024, posición que ha sido ratificado por el Juzgado en su sentencia, a pesar de que UPA Jaén dio la razón a las pretensiones sindicales.

Los sindicatos querían subir todas las categorías profesionales del convenio porque, según ellos, los más bajos quedaban por debajo del SMI del 2024. Sin embargo, ha quedado claro que tal y como defendía ASAJA-Jaén, hay que realizar una comparativa en el cómputo anual de los salarios. De esta forma, con la subida que ha de realizarse a partir de octubre de este año, esas categorías quedan por encima del SMI, por lo que no habría que hacer la modificación que pretendían los sindicatos desde enero de este año y que ratificó UPA Jaén en los mismos términos sindicales.

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