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Sección con el apoyo de

El FEGA detecta errores en las ayudas ganaderas por la guerra de Ucrania

25/07/2023

El FEGA ha detectado un error material en el cálculo de la ayuda para los titulares de explotaciones de vacuno de leche que se ha concedido como consecuencia de la guerra de Ucrania. Este error afecta a la relación de titulares de explotaciones de vacuno de leche, a los importes unitarios de este grupo y, consecuentemente, a la cuantía provisional de la ayuda a percibir.

El error advertido es consecuencia de la incorrecta aplicación del umbral establecido en el artículo 4.5.c) del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, para los productores de leche de vaca, lo que conlleva que deba pagarse un mayor importe a determinados titulares (se aplicó un umbral de 250 animales en lugar de los 725 animales subvencionables por beneficiario).

Como consecuencia de lo anterior, y para ajustarse a la cuantía estimada de ayuda de 17,4 millones de euros para los productores de leche de vaca, establecida en el artículo 4.5 del Real Decreto-Ley 4/2023, se ha hecho preciso minorar los importes unitarios para el sector del vacuno de leche, quedando establecidos en las siguientes cuantías:

  • Para la zona de afección alta en 52,12 euros;
  • Para la zona de afección media en 26,06 euros;
  • Para la zona de afección moderada en 13,03 euros.

Esto conlleva que el importe a percibir resulte inferior a los 200 euros para un nuevo grupo de titulares que han desaparecido de la relación provisional, y que ya no cumplirían con los requisitos específicos establecidos en el citado Real Decreto-ley 4/2023.

También hay errores en las ayudas al ovino-caprino y a la vaca nodriza

Así mismo, se ha identificado un error de hecho en el número de cabezas de ganado que afecta a un número limitado de beneficiarios del sector ovino/caprino de carne y del sector de vacuno de carne (nodriza), ya que no se corresponden con la información correspondiente a la solicitud única efectuada en 2022 para el cobro de las ayudas asociadas.

Esta corrección de errores afecta únicamente a los datos publicados en los anexos de la misma, permaneciendo inalterada el resto de información de la resolución provisional de 4 de julio. Igualmente, para el resto de los titulares de explotaciones ganaderas que no aparezcan en esta resolución provisional de corrección de errores les es válido lo establecido en la resolución provisional publicada el 4 de julio de 2023.

La relación de los titulares de explotaciones ganaderas incluidos en esta resolución provisional se puede consultar en el tablón de la sede electrónica del FEGA.

Tras la publicación de esta resolución provisional se abre un plazo para presentar alegaciones de 10 días hábiles desde el día siguiente a su publicación (del 25 de julio al 7 de agosto ambos inclusive).

Solo podrán presentar alegaciones a esta resolución provisional los beneficiarios incluidos en los anexos I, II y III con relación a los datos publicados en la citada resolución. Es decir: los titulares de explotaciones con cabezas de vacuno leche que han visto modificados sus importes; los titulares de explotaciones con cabezas de vacuno leche que, tras el nuevo cálculo, ya no cumplen los requisitos de la ayuda al no alcanzar los 200 euros; y los titulares de ovino/caprino de carne y de vacuno de carne (nodriza) a los que se les ha identificado un error en el número de cabezas de ganado, por los que los importes a percibir se ven modificados. Las alegaciones presentadas por motivos no objeto de la resolución provisional de 24 de julio no serán objeto de estudio.

Dichas alegaciones deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones establecido a tal efecto en la sede electrónica del FEGA Ningún otro titular de explotaciones ganaderas que no se encuentre dentro de los beneficiarios incluidos en los anexos I, II y II de esta resolución provisional de 21 de julio podrá presentar alegaciones. En caso de hacerlo no será objeto de estudio.


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