La Consejería de Agricultura de la Junta de Extremadura publicó ayer en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la resolución que establece, para esta campaña de la PAC, las fechas de cálculo de la carga ganadera para su consideración a efectos de la actividad agraria, así como de las prácticas realizadas en el marco del ecorrégimen de agricultura de carbono y agroecología.
La resolución recoge las siguientes fechas para establecer el cómputo de animales:
- 1 de enero, 30 de abril ,30 de junio y 15 de agosto del año de solicitud para establecer el cómputo del promedio de animales.
- Del 1 de octubre del año anterior al de la solicitud y el 15 de abril del año de la solicitud: en porcino de cebo en montanera.
- Del 1 de enero a 30 de septiembre de 2023 en pastoreo en las superficies de pastos permanentes o de pastos temporales de explotaciones ganaderas acogidas a la práctica de pastoreo extensivo para la PAC 2023. En la PAC 2024, el período será 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024.
- Entre el 1 de septiembre, y 31 de diciembre del año de solicitud: en superficies de pastos permanentes o de pastos temporales de explotaciones ganaderas, acogidas a la práctica de establecimiento de islas de biodiversidad con actividad pastoreo.
Arroz
En relación con la fecha en la que debe permanecer la lámina de agua en el cultivo del arroz en Extremadura en los recintos solicitados para el ecorrégimen de biodiversidad, una vez tenidas en cuenta las condiciones de manejo de este cultivo en la región, se establecen entre el 15 de junio y 15 de septiembre para el desarrollo del cultivo. Otras opciones para el cumplimiento de este ecorrégimen son el abancalamiento o la nivelación de las parcelas.
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