La producción y comercialización de las carnes de reses de lidia, ya sean procedentes de espectáculos y festejos públicos o de prácticas de entrenamiento, enseñanza o toreo a puerta cerrada, están reguladas por el
Real Decreto 260/2002 de 8 de marzo, que dota a este producto de las máximas garantías sanitarias gracias a la inspección de veterinarios en salas de tratamiento específicas y cuenta, además, con un sello propio para
diferenciarla de otras carnes.
La Organización Colegial Veterinaria-OCV quiere precisar, de esta manera, que el mensaje lanzado hace unos días por el conocido cocinero Mario Sandoval en una entrevista en un periódico de tirada nacional, en la que manifestaba su sospecha de que “carne de bravo es introducida por las
grandes cadenas para hamburguesas (…). De tapadillo (…). Sin el marchamo
ni el sello de carne de lidia”, no obedece a la realidad y puede tratarse de un
lapsus.

El consejero de Asuntos Taurinos de la OCV, José Ramón Caballero de la
Calle, considera que “quien tenga indicios de prácticas fraudulentas de este
tipo, que pueden poner en riesgo la salud pública, debe denunciar los hechos ante la autoridad judicial o las fuerzas de seguridad por tratarse de un posible delito contra la salud pública”. De hecho, el citado Real Decreto alude en su artículo 9 a las posibles infracciones y sanciones derivadas de su incumplimiento.
La solvencia y fiabilidad del sistema de seguridad alimentaria en España son incuestionables, gracias al trabajo riguroso de unos 10.000 veterinarios
distribuidos por diferentes puntos de control de la cadena alimentaria, “que
controlan la trazabilidad en todo momento, incluso en situaciones tan
delicadas como la provocada por la actual pandemia”, concluye Caballero.
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