• Contacto
  • separador
  • Anuncios clasificados
  • SUSCRÍBETE
Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Artículos
Sección con el apoyo de

Se eliminan los tiempos de descanso en el transporte de animales y se amplía la validez de la hoja de ruta

26/03/2020

El Ministerio de Transporte ha decidido eliminar los tiempos de descanso en el transporte de los animales, mientras dure el estado de alarma. La duración del tiempo total de viaje será la máxima permitida por la legislación para cada tipo de animal, exceptuando el tiempo de descanso. Así lo recoge la Orden TMA/279/2020 publicada ayer en el BOE.

Además, también se ha prorrogado la validez de autorizaciones de los transportistas, medios de transporte y contenedores, así como de los certificados de formación de los conductores o cuidadores, cuya fecha de expiración se haya producido a partir del día 1 de marzo. La prórroga es hasta 120 días después de la finalización del estado de alarma. Dicho plazo podrá ser ampliado por el Ministerio de Agricultura, si las circunstancias lo hicieran necesario, por un máximo de 30 días adicionales.

Por otro lado, los cuadernos de a bordo u hojas de ruta tendrán validez a pesar de no haber sido sellados por la autoridad competente, hasta 7 días después de la finalización del estado de alarma. Este plazo puede ser ampliado por el Ministerio de Agricultura, si las circunstancias lo hicieran necesario, por un máximo de 7 días adicionales

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Lo último sobre GANADERÍA

  • Cristina Muñoz: «Abordar las resistencias sin One Health es como querer poner puertas al campo» 23/12/2025
  • Probióticos y prebióticos: una alternativa en auge a los antibióticos en ganadería 19/12/2025
  • Cristina Maestre pide revisar las normas para evitar sacrificios innecesarios de animales no contagiados 17/12/2025
  • Exportaciones USA: estabilidad en porcino y el peor dato en vacuno en 5 años 15/12/2025
  • Veterinarios reclama menos carga burocrática y más criterio clínico en el RD 666/2023 12/12/2025
  • Cristina Muñoz: «Los antibióticos están para usarse cuando son necesarios» 11/12/2025
  • Sube la carne y baja el cereal en la lonja de León 11/12/2025
  • La selva y los virus 10/12/2025
  • Facebook
  • Instagram
  • TikTok
  • Twitter

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

QUIERO ESTAR AL DÍA

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2025 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo