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Está aquí: Home / Política agraria / Política agraria España / Pago verde: Ampliado el listado de plantas para los barbechos melíferos

           

Pago verde: Ampliado el listado de plantas para los barbechos melíferos

15/01/2020

El FEGA publicó ayer una nota técnica con el listado de especies ricas en polen y néctar admitidas a nivel nacional, para ser sembradas en los barbechos melíferos. El listado es bastante más numeroso que el publicado el año pasado por el Fega, es el siguiente (en negrita aparecen las nuevas entradas):

Vicia sativa (Familia Leguminosas) / Nombre común: veza

· Vicia villosa (Familia Leguminosas) / Nombre común: vezo velloso

· Onobrychis hispanica (Familia Leguminosas) / Nombre común: pimpirigallo

· Onobrychis viciefolia (Familia Leguminosas) / Nombre común: esparceta

· Ononis natrix (Familia Leguminosas) / Nombre común: hierba melera, atrapa moscas

· Melilotus officinalis (Familia Leguminosas) / Nombre común: meliloto

· Lupinus angustifolius (Familia Leguminosas) / Nombre común: altramuz azul o altramuz

· Calendula arvensis (Familia Compuestas) / Nombre común: caléndula silvestre

· Chrysanthemum coronarium (Familia Compuestas) / Nombre común: ojo de buey

· Chrysantemum segetum (Familia Compuestas) / Nombre común: corona de rey

· Chrysantemum macrotum (Familia Compuestas) / Nombre común: durieu

· Coriandrum sativum (Familia Umbelíferas) / Nombre común: cilantro

· Brassica napus (Familia Brassica o Crucíferas) / Nombre común: colza

· Diplotaxis virgata (Familia Brassica o Crucíferas) /Nombre común: mostaza amarilla

· Sinapis alba (Familia Brassica o Crucíferas) / Nombre común: mostaza blanca

· Moricandia spp. (Familia Brassica o Crucíferas) / Nombre común: collejón

· Eruca sativa (Familia Brassica o Crucíferas) / Nombre común: oruga roqueta, mostacilla

· Silene vulgaris (Familia Cariofiláceas) / Nombre común: colleja

· Silene dioica (Familia Cariofiláceas) / Nombre común: silene roja

· Salvia pratensis (Familia Lamiáceas) / Nombre común: salvia de los prados

· Salvia verbenaca (Familia Lamiáceas) / Nombre común: gallocresta, verbenaca

· Nepeta tuberosa (Familia Lamiáceas) / Nombre común: nepeta, hierba gatera

· Linum usitatissimum (Familia Lináceas) / Nombre común: lino · Linum perenne (Familia Lináceas) / Nombre común: lino azulado

· Asphodelus spp. (Familia Liliáceas) / Nombre común: gamón, gamonito

· Sanguisorba minor (Familia Rosáceas) / Nombre común: pimpinela menor, sanguinaria

· Foeniculum vulgare (Familia Apiáceas) / Nombre común: hinojo

Los organismos gestores podrán ampliar la lista de especies elegibles con otras especies melíferas adicionales para tener en cuenta sus condiciones particulares, que sean autóctonas o especies locales, evitándose las de difícil control, o que pudieran ser reservorios de agentes perjudiciales, y las invasoras exóticas.

También se permitirá la presencia de otras especies de carácter herbáceo, distinta de las elegibles, cuando éstas últimas sean predominantes

Sin embargo, a la luz de los estudios científicos que se están llevando a cabo por diferentes Organismos, sobre los posibles efectos perjudiciales para la salud humana de algunas sustancias, como los alcaloides de pirrolicidina (PAs), no podrán ser especies elegibles, cualquiera de los géneros: Borago spp., Echium spp., Heliotropum spp., y Senecio spp.

¿Qué son los barbechos melíferos?

Una de las novedades que ya se introdujo el año pasado en la solicitud de la PAC, es la posibilidad de  justificar los barbechos melíferos como Superficie de Interés Ecológico (SIE). Una hectárea de barbecho melífero equivaldría a 1,5 ha de SIE, o lo que es lo mismo, para alcanzar una hectárea de superficie SIE se tendrían que mantener 0,67 ha de  barbecho melífero.

En la campaña de solicitudes 2020 para que las tierras sean consideradas “barbecho para plantas melíferas” deberán estar sembradas con una mezcla de especies melíferas elegibles, que representen un mínimo de 4 familias diferentes, y que sean predominantes en dichas superficies y no deberá  dedicarse a la producción agraria durante, al menos, un periodo de seis meses consecutivos, a contabilizar dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre del año de solicitud. No se permite el uso de fitosanitarios. Dado su carácter melífero, y como excepción a los requisitos generales exigibles a las SIE, sí estaría permitida la colocación de colmenas en este tipo de barbechos.

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