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La Junta de Andalucía exigió en 2013 a la empresa Sabor Sanlúcar el reintegro de una ayuda por incumplimiento del proyecto

02/09/2016

La Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía exigió el 13 de septiembre de 2013 a la empresa Sabor Sanlúcar el reintegro de una ayuda de 463.118 euros por incumplimiento de la ejecución de la inversión. La concesión de esta ayuda se remonta a 2011, cuando en el marco de la línea destinada a la mejora de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y acuicultura, incluidas en el Fondo Europeo de la Pesca, la Consejería aprobó para la citada empresa una subvención de 1,05 millones de euros sobre una inversión aceptada de 3,5 millones de euros. El proyecto, denominado ‘Nueva Industria’, consistía en una nueva nave para el desarrollo de la actividad.

El plazo de ejecución de la inversión se fijó el 30 de marzo de 2012, pero finalmente se prorrogó hasta el 28 de febrero de 2013 en cumplimiento de dos peticiones de ampliación del mismo por parte del representante de la entidad. El 27 de febrero de 2013 la empresa volvió a solicitar una ampliación de plazo, que fue denegada por la Consejería.

El 26 de marzo de 2013 la Consejería materializó el pago de 463.118 euros de la subvención aprobada, correspondientes a la justificación de 1,5 millones de euros de la inversión aceptada. En ese momento quedaba pendiente el ingreso de 593.674 euros de la ayuda aprobada, condicionada a que se justificara debidamente el resto de la inversión aceptada (que ascendía en total a 3,5 millones de euros).

El 10 de junio de 2013, un grupo de técnicos de la Delegación Territorial de Agricultura se trasladó al lugar de ejecución de la inversión para comprobar el estado de las inversiones y constató que no estaban finalizadas, evidenciando la imposible capacidad productiva de la industria. Por ello, la Delegación Territorial de la Consejería propuso la revocación de la subvención, al no haberse cumplido las fechas de inicio y ejecución del proyecto, que se resolvió en septiembre de 2013. Según la resolución, la empresa debía reintegrar los 463.118 euros que se abonaron en su momento más 10.594 euros en concepto de intereses de demora, tal y como establecían las Leyes de Presupuestos Generales del Estado vigentes en ese momento.

Contra esta resolución, Sabor Sanlúcar presentó un recurso contencioso al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en enero de 2014, que fue desestimado un mes después. En julio de 2015, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural dirigió a la empresa un escrito trasladándole el fallo del TSJA e instándole a que cumpliera con la sentencia, sin obtener respuesta por parte del interesado.

Por ello, el 11 de febrero de este año, la Junta volvió a comunicar oficialmente a la empresa la obligación de ingresar la deuda y ante la falta de respuesta el 19 de abril se realizó la notificación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el Boletín Oficial de Estado. Fuente: Junta de Andalucía

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