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ASAJA recuerda la obligación de formalizar contratos en las compraventas de fruta y uva

07/09/2016

Una vez comenzada la campaña de recolección de fruta y uva en el Bierzo, y previo al inicio de la vendimia en la otra denominación de la provincia, la de Tierra de León, ASAJA recuerda la obligación de formalizar contratos de compraventa entre agricultores y bodegas o almacenes, previos a la entrega de la uva o la fruta. Así lo establece la Ley 12/2013 de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, que obliga a los operadores a tener contratos firmados para ventas superiores a los 2.500 euros de valor, figurando en dichos contratos un precio determinable o determinado. Además, se han de respetar en los pagos los plazos establecidos en la Ley 3/2014 de medidas de lucha contra la morosidad, que fija el palazo en 30 días, ampliable a 60 de mutuo acuerdo de las partes.

Las ventas de estos productos agrarios sin contrato son sancionables conforme establece la Ley, y la infracción que se derive recaerá sobre la parte que no actúe como productor primario, es decir, en este caso sobre la bodega o almacén de fruta. Si bien la Ley no obliga a la formalización de contratos a las cooperativas en la relación con sus socios, sí las obliga en la relación, si es el caso, con otros agricultores no socios.

ASAJA considera que esta medida de exigir contratos y controlar las fechas de pago en estos productos alimentarios es positiva, y que con el tiempo debería de generalizarse a todos los productos del campo y la ganadería. El papel de la Agencia de Información y Controla Alimentarios (AICA), que ya efectuó el pasado año controles de oficio en el Bierzo, es determinante para que se aplique una ley pionera en Europa que no pretende otra cosa que la transparencia en unas relaciones comerciales donde el sector primario es la parte más débil de la cadena.

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