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ASAJA CLM califica de discriminatorias las medidas especiales para la conservación de aves esteparias

08/02/2017

ASAJA CLM ha subrayado que las medidas especiales para compatibilizar la agricultura de herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias publicadas recientemente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha son discriminatorias porque están restringidas a cinco términos municipales de la provincia de Toledo, quedándose al margen otras zonas ZEPA de la región y dejando fuera a otros titulares que pudieran acogerse a ellas.

Es por ello que el Comité Técnico de la organización, reunido ayer en Toledo, ha animado a los agricultores castellano-manchegos con explotaciones de estas características en otras zonas ZEPA de la región y que estén interesados en adoptar estas medidas especiales, que lo notifiquen a través del trámite de audiencia al que está sometido en la actualidad y cuyo plazo termina el próximo 17 de febrero.

Del mismo modo, los agricultores de La Mancha Norte incluidos en los términos municipales de La Guardia, Dosbarrios, El Romeral, Lillo y Tembleque, todos ellos situados en el Área esteparia de la Mancha Norte de Toledo, deberán notificar en este plazo si están en desacuerdo con la inclusión de sus parcelas en las zonas donde se aplicarán las medidas de conservación.

ASAJA CLM ha tildado de despropósito que los agricultores afectados y no interesados tengan que notificar por trámite de audiencia que no quieren adoptar dichas medidas. La organización agraria considera que este tipo de actuaciones son irresponsables, levantan crispación entre los agricultores y critica que, independientemente del contenido, las formas no son las más adecuadas.

Paralelamente, hasta el viernes 3 de marzo estará abierto el trámite de información pública de dicha resolución y, a través del cual, ASAJA CLM presentará alegaciones a las medidas especiales propuestas por la Consejería, tal y como ha acordado el Comité Técnico de la organización.

Medidas especiales

En las parcelas afectadas se establecerán compromisos adicionales, que deberán mantenerse durante un periodo de cinco años, para compatibilizar las prácticas agrarias en el cultivo de herbáceas de secano con la conservación de aves esteparias. Entre ellos, la rotación de cultivos, la sobresiembra, el uso de semillas no sometidas a tratamientos o el empleo de cereales de ciclo largo (no permitiendo siembras de cereal con posterioridad al 15 de diciembre).

También recoge que se establecen pagos compensatorios por zonas agrícolas en la Red Natura 2000, en zonas concretas del territorio castellano-manchego sujetas a limitaciones que conlleven la pérdida significativa de ingresos o a incrementos de los costes de explotación en la actividad diaria, y que estarán sujetos a la correspondiente orden reguladora de estos pagos compensatorios.

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