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Novedades del Reglamento de prolongación de medidas excepcionales de apoyo al sector de frutas y hortalizas por el veto ruso

Frutas y hortalizas 14 Jun 2016 0

Pagina nueva 4

El sábado se ha publicado
el Reglamento Delegado (UE) 2016/921 de la Comisión de 10 de junio de 2016 que
establece, con carácter temporal las nuevas medidas excepcionales de ayuda a los
productores de frutas y hortalizas por el veto ruso, Reglamento que entrará en
vigor el 1 de julio.

 

Las medidas excepcionales de ayudas son retiradas,
tanto dirigida a la distribución gratuita como otros destinos, incluyendo en su
ámbito de aplicación tanto a las organizaciones de productores como a los
productores que no sean miembros de las organizaciones de productores; la
"renuncia a efectuar la cosecha" y la "cosecha en verde".

 

Los productos incluidos son los que ya se
incluyeron en el ámbito de aplicación del anterior  Reglamento de ayudas, el
2015/1369 que concluye el 30 de junio: peras, manzanas, ciruelas, uvas de mesa,
kiwis, frutos rojos, tomates, coles, zanahorias, coliflores, brécol, pimientos,
pepinos, hongos, naranjas, clementinas, mandarinas y limones, melocotón y
nectarina.  Y se incluyen dos productos más: las cerezas dulces y los caquis.

 

Cada Estado Miembro tiene asignado un contingente
de retiradas. El Reglamento 2016/921 establece que para España las toneladas
máximas de productos asignados son las siguientes:

·                                
Manzanas y peras: 2.300 toneladas

·                                
Ciruelas, uvas de mesa y Kiwis.
1.500 toneladas

·                                
Tomates, zanahorias, pimientos
dulces, pepinos y pepinillos: 6.900 toneladas

·                                
Naranjas, clementinas, mandarinas.
16.600 toneladas

·                                
Melocotones y nectarinas: 11.500
toneladas

 

En cuanto a los importes máximos de las ayudas
para las retiradas del mercado son las siguientes.

 

 

Tras la entrada en vigor del veto ruso el 7
de agosto de 2014, la Comisión Europea aprobó ese mismo año las primeras medidas
excepcionales para compensar las pérdidas del sector de frutas y hortalizas. El
último Reglamento ha sido el 2015/1369 que entró en vigor el 7 de agosto de 2015
y concluye el 30 de junio de este año. El 1 de julio entrará en vigor el nuevo
Reglamento.  En todos los casos, no se trata de ayudas directas, sino de ayudas
a las retiradas para equilibrar los mercados y el precio establecido es muy
inferior al del coste de producción, según el análisis realizado por FEPEX.

 



 

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