El Ministerio de Agricultura (MAPA) establecerá los importes de referencia del Pago Único correspondientes a la remolacha en base a las cantidades de remolacha tipo A+B entregada a la industria, correspondiente a las campañas 04/05 y 05/06.
Se entenderá que esta remolacha es con la que se produzca azúcar de cuota de esa campaña, es decir la finalmente calificada como A+B, procedente de la contratada como tal, la posible remolacha recalificada, así como la remolacha reportada de la campaña precedente.
El dinero global correspondiente a España se repartirá proporcionalmente a la cuota de cada industria y dentro de los agricultores contratantes con cada una de ellas, a los remolacheros, proporcionalmente a su remolacha A+B en el periodo de referencia.
Este es solamente un primer aspecto de las muchas decisiones que España debe tomar a nivel nacional sobre la aplicación de la Reforma de la Organización Común de Mercados (OCM), en este caso en lo que toca a la implantación de la ayuda desacoplada integrada en el Pago Único.
Otra decisión importante relativa al Pago Único será la de si se aplica o no el artículo 69 en el sector remolachero, por la que se podría detraer hasta un 10% del importe de referencia de los beneficiarios por haber cultivado remolacha en 04/05 y 05/06 para destinarlo a ayudas relacionadas con el medio ambiente, la comercialización o la calidad; dirigidas a los agricultores que sigan cultivando remolacha e el futuro.
La integración de la remolacha al Pago Único se deberá hacer en principio ya desde la próxima campaña, aunque dado el calendario de aplicación general y que los reglamentos para la remolacha no estarán disponibles en su totalidad como pronto hasta marzo, habrá dificultades de adaptación y probablemente se deban tomar medidas especiales para esta próxima campaña.
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