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La OMC dictamina en contra de la Unión Europea en el conflicto comercial sobre la biotecnología agraria

08/02/2006

La Organización Mundial del Comercio (OMC) ha comunicado a las partes su dictamen preliminar en contra de la Unión Europea, en relación con el litigio sobre los OMG planteado contra la UE por Estados Unidos, Argentina y Canadá.

Este contencioso que se planteó en agosto de 2003 ha sufrido importantes demoras, ya que la decisión ha debido tener en cuenta numerosos informes científicos, aparte de consideraciones comerciales. El dictamen de la OMC considera que la denominada moratoria de facto sobre la aprobación de nuevos OMG que la UE mantuvo durante seis años hasta los primeros meses de 2004 era carente de toda base científica y estaba en contra de de los tratados comerciales, al denegar el libre comercio y la libre elección por parte de los consumidores.

EEUU, apoyada por Argentina y Canadá solicitaron formalmente a la OMC en agosto de 2003 la formación de un panel contra la UE, por esta «moratoria de facto» que consistió en un parón administrativo de hecho de las tramitaciones, que careció den base legal alguna.

El principal prejuicio directo para EEUU, que solicita a la UE compensaciones por 1.800 millones de dólares, es el desvío que se ha producido desde la aplicación de la moratoria en cuanto al origen de las importaciones de maíz en régimen preferencial, que tienen como principal destino España y Portugal. Las importaciones de maíz de EEUU no son deseadas por los operadores debido a que en ese país se cultivan variedades de OMG que no están autorizadas en la UE. Por este motivo, desde hace años prácticamente todo el maíz preferencial que se importa en la UE procede de Argentina, que no es que esté libre de transgénicos, ya que también en Argentina se cultiva maíz OMG, sino a que Argentina sigue la política de aprobar los nuevos OMG a la par que los autorice la UE.

Aunque en principio esta “moratoria de facto” se rompió a primeros de 2004 con el comienzo de nuevas aprobaciones de OMG, lo cierto es que estas han sido muy lentas y esporádicas, siguiendo un complejo y atípico procedimiento en el que las aprobaciones las ha tenido que asumir la Comisión Europea, ante el agotamiento del trámite administrativo por falta de acuerdo a favor o en contra por parte de los Estados Miembros. Las reticencias de ciertos países a estas aprobaciones o las posturas tibias de abstención, como es el caso de España, no se han debido a las características concretas de cada OMG sometidas a aprobación, sino a una postura política de oposición o indefinición de carácter general sobre la biotecnología agraria.

Aunque este litigio se refiere solo a la moratoria rebasa en sus intenciones los límites de este asunto concreto, ya que la consideración general de que nos se pueden esgrimir riesgos hipotéticos o posturas políticas para bloquear el comercio puede servir de importante precedente en otras cuestiones sobre los OMG que también afectan al comercio, como las mismas reglas de trazabilidad y etiquetado de la UE.

Se da por descontado que la UE apelará este veredicto, que podría durar varios años y tener importantes repercusiones políticas,

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