La Comisión Europea ha fijado para la campaña de comercialización 2010/11, que va de
del 1 de octubre de 2010 al 30 de septiembre de 2011, la cantidad que inicialmente se podría exportar de azúcar blanco y de isoglucosa fuera de cuota, para que quedara cubierta la demanda del mercado.
Se ha establecido el límite cuantitativo de las exportaciones de azúcar fuera de cuota en 650.000 toneladas de equivalente de azúcar blanco y el de las exportaciones de isoglucosa fuera de cuota, en 50.000 toneladas de materia seca (Reglamento 397/2010).
Asimismo, la Comisión Europea ha fijado las cantidades de azúcar industrial importado a las que no deben aplicarse derechos de importación en la campaña de comercialización 2010/11. Dicha cantidad asciende a 400.000 tn (Reglamento 396/2010).
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