La Comisión Europea ha acordado que los Estados Miembro tengan la posibilidad de fijar unas fechas más tardías para que las empresas comuniquen la cantidad de excedentes de azúcar por trasladar. Dicha fecha estará comprendida entre el 1 de febrero y el 15 de agosto de 2011 (Reglamento nº848/2010). El objetivo del cambio es que las empresas puedan reaccionar ante cambios imprevistos en la demanda en los últimos meses de la campaña de comercialización 2010/11.
La normativa comunitaria establece que las empresas que decidan trasladar la totalidad o una parte de la producción que rebase su cuota de azúcar deben informar al Estado miembro interesado de su decisión antes de una fecha que debe fijar dicho ese Estado miembro.
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