La Comisión Europea, siguiendo las directrices comunitarias de ir estableciendo progresivamente límites máximos de residuos (LMR) para todas las sustancias farmacológicas que se usan en animales de producción, acaba de establecer LMR para dos medicamentos (Reglamento 1101/2004). Para ello, el Comité de medicamentos veterinarios ha examinado toda la información sobre la inocuidad de los residuos de dichas sustancias para el consumidor y ha dado un dictamen favorable.
Se trata del agente antiinfeccioso tulatromicina, del grupo de los macrólidos, utilizado en bovinos y porcinos. Dicho medicamento se ha incluido en el anexo I del reglamento 2377/90.
El otro es un componente orgánico, el diclazuril, utilizado todos los rumiantes y porcinos. Al no precisar LMR se le ha incluido en el anexo II del Reglamento 2377/90.
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