• Agrodigital - La web del campo
  • Contáctanos
  • separador
  • Anúnciate con nosotros
  • ✉︎ NEWSLETTER
  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión

El Real Decreto sobre el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con el FEOGA-Garantía se adapta a la normativa comunitaria

PAC España 3 May 2006 0

28 de abril de 2006. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se establece el régimen de los organismos pagadores y de coordinación de los fondos europeos agrícolas.

El referido Real Decreto supone la adaptación de la actual normativa establecida por el Real Decreto 327/2003, de 14 de marzo, a la nueva situación que resulta de la desaparición del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA) y la creación de dos nuevos fondos europeos agrícolas, el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), para financiar las medidas de mercado y otras medidas, y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), destinado a financiar los programas de desarrollo rural.

La normativa comunitaria establece que los Estados miembros deben limitar el número de organismos pagadores en función de sus disposiciones constitucionales y de su estructura institucional, por lo que el nuevo Real Decreto mantiene la limitación del número de organismos pagadores a uno por Comunidad Autónoma, dado que la experiencia adquirida demuestra que su actuación permite asegurar la buena gestión de los fondos comunitarios.

De acuerdo con ello, el nuevo Real Decreto establece que el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) actuará como organismo de coordinación de todos los pagos procedentes de FEAGA y del FEADER en España.

En la elaboración del Real Decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas.

Deja un comentario Cancelar respuesta

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Te puede interesar:

Unión de Uniones pide más reformas tras el nuevo reglamento de cadena alimentaria
PAC España31 Jul 2026

Unión de Uniones pide más reformas tras el nuevo reglamento de cadena alimentaria

El FEGA cifra en 563.095 las solicitudes de la PAC 2026 y en 22 Mha la superficie declarada
PAC España28 Jul 2026

El FEGA cifra en 563.095 las solicitudes de la PAC 2026 y en 22 Mha la superficie declarada

¿Cuándo considera el FEGA que se han creado condiciones artificiales para cobrar la PAC?
PAC España27 Jul 2026

¿Cuándo considera el FEGA que se han creado condiciones artificiales para cobrar la PAC?

Agrodigital
Contacto Anúnciate con nosotros

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario y obtener analítica web.AceptarRechazar