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El MAPA no contempla ninguna prohibición genérica para la circulación de vehículos en las vías rurales

07/02/2007

6 de febrero de 2007. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación no contempla ninguna prohibición genérica de circulación de vehículos en las vías rurales en la futura normativa sobre mejora de la seguridad vial en el medio rural.

Ante la preocupación expresada por los sectores afectados por el incremento de accidentes en las vías rurales (que superan el número de 1.400 accidentes anuales), el MAPA ha iniciado un periodo de consultas con estos sectores para la elaboración de un Real Decreto conjunto con los Ministerios de Interior y de Medio Ambiente. Con él se pretende incrementar la seguridad y evitar los accidentes en vías que no tienen ningún tipo de señalización.

Las prioridades de la norma serán el establecimiento de características constructivas y diseño de las vías rurales, que mejoren la seguridad y el mantenimiento posterior de estas vías, así como su señalización, haciendo especial énfasis en puntos de especial peligrosidad (entronque con otras vías de comunicación).

En cualquier caso, el MAPA quiere precisar que la futura norma permitirá el acceso a las vías rurales de los vehículos destinados al servicio de actividades agrícolas, ganaderas o forestales, así como las relacionadas con la conservación del espacio natural y protección del medio natural y las turísticas, cinegéticas y artesanales. Del mismo modo se garantizará el acceso a las viviendas del medio rural.

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