Mediante la Orden AYG/347/2008, de 29 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas de minimis destinadas a la bonificación de intereses en préstamos formalizados por titulares de explotaciones ganaderas de Castilla y León y se establecen las condiciones para el reconocimiento del derecho a dichos préstamos, los ganaderos interesados pudieron presentar la solicitud de reconocimiento del derecho al préstamo hasta el día 17 de marzo de este año (en dicho período se presentaron 12.215 solicitudes en Castilla y León).
Según la Orden referida, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución de las solicitudes de reconocimiento del derecho al préstamo preferencial bonificado era el 30 de abril de 2008, inclusive. Sin embargo, transcurrido apenas un mes desde la conclusión del plazo de presentación de las solicitudes, la Dirección General de Producción Agropecuaria ha comenzado a enviar las resoluciones correspondientes.
A tenor de ser sinceros, la Unión de Campesinos de Castilla y León (UCCL), por la agilidad mostrada en la comunicación de las Resoluciones, quiere reconocer el esfuerzo administrativo realizado por la Consejería de Agricultura y Ganadería, pues, con dicha actuación administrativo, se está posibilitando que, antes de lo inicialmente previsto, los ganaderos puedan comenzar las gestiones con las Entidades Financieras para la formalización del préstamo respectivo, para lo que, en la práctica, disponen de plazo hasta el 27 de junio de 2008, siendo necesario presentar el original de la Resolución de reconocimiento de derecho al préstamo.
No obstante, UCCL sugiere a los ganaderos que, teniendo en cuenta el importe de los baremos, el censo ganadero y el límite máximo del préstamo (según especie animal), comprueben si el importe máximo del préstamo se corresponde con la realidad de su explotación, presentando el correspondiente Recurso de Alzada en caso de discordancia.
Si se toma como referencia la fuerte crisis que están soportando los distintos sectores ganaderos, esta Organización sólo puede valorar la adopción de esta medida como totalmente insuficiente, demandando, además, la puesta en marcha de un Plan de Reestructuración, la concesión de ayudas directas, la adopción de distintas medidas fiscales, etc.
Valladolid a 17 de Abril de 2008..
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