Almería, 5 de febrero de 2009.- ASAJA informa de que el Parlamento europeo ha apoyado una nueva normativa respecto a inmigración y empleo, por la que se van a establecer mayores sanciones económicas y penales para los empresarios que empleen ilegales. Aunque el voto final de la directiva se ha aplazado al próximo pleno para incluir una declaración que garantice que las disposiciones sobre la subcontratación podrán ser objeto de modificaciones en el futuro. La directiva contempla otros castigos, como las multas o la exclusión de las subvenciones y ayudas públicas, incluidas las de la UE por un periodo de cinco años.
La directiva introduce sanciones contra los empresarios que contraten a inmigrantes en situación irregular. Esta legislación es complementaria a otras iniciativas, como la directiva de retorno o la “tarjeta azul” para inmigrantes cualificados, que tienen como objetivo reforzar la lucha contra la inmigración ilegal favoreciendo los canales de inmigración legal.
También introduce penas mínimas a escala europea, entre ellas multas, la exclusión de las subvenciones y ayudas públicas -tanto nacionales como europeas- durante un periodo de cinco años y el pago de los salarios atrasados. La legislación española prevé multas de entre 6.001 y 60.000 euros por cada trabajador extranjero en situación irregular.
Los países de la UE tendrán dos años para transponer la directiva a sus legislaciones nacionales.
La directiva establece que los castigos no se impondrán sólo a las personas físicas que infrinjan la normativa, sino que también se aplicarán a las personas jurídicas, algo que la legislación española no contemplaba.
Sanciones penales
El texto prevé la aplicación de sanciones penales contra los empleadores en caso de reincidencia, si se contrata a un gran número de personas en situación irregular, si las condiciones de trabajo están marcadas por la explotación, si la persona contratada es víctima del tráfico de seres humanos o si se trata de un menor.
La legislación española sólo prevé sanciones penales para los empresarios que contratan a personas que han sido víctimas del tráfico de seres humanos. Con la nueva directiva, las penas se ampliarán a todos los casos mencionados anteriormente.
Cadena de responsabilidad
Si el empleador de un inmigrante en situación irregular es un subcontratista, el contratista principal y los intermediarios también serán considerados responsables. Su implicación será plena en caso de que se demuestre que estaban al corriente de la situación de ilegalidad de la empresa subcontratada. Hasta ahora, la legislación española no contemplaba esta posibilidad. Por otra parte, el Parlamento Europeo ha conseguido obligar a los Estados miembros a que publiquen la lista de empresarios que infrinjan la directiva.
Reembolso automático del sueldo
Un empresario que ha infringido la directiva tendrá que devolver las ayudas percibidas durante el año anterior y deberá hacer frente a una multa proporcional al número de inmigrantes en situación irregular empleados. Además, tendrá que abonar una suma igual a la cantidad de impuestos y cotizaciones que habría pagado si el trabajador tuviese un contrato legal y, en caso necesario, también se hará cargo de los gastos relacionados con el retorno del inmigrante.
En caso de que no haya pruebas sobre la duración de la relación de trabajo, ésta se fijará en tres meses. Los eurodiputados han exigido que el reembolso de los pagos atrasados se efectúe de manera automática, sin necesidad de intervención por parte del inmigrante.
A petición de los diputados, los Estados miembros también introducirán sanciones financieras reducidas para las personas que utilizan los servicios de inmigrantes clandestinos como empleados del hogar, siempre y cuando no se trate de casos de explotación.
ASAJA-Almería echa en falta en esta normativa las responsabilidades que podrían tener las Administraciones por la falta de control en las fronteras y por la falta de control de los ilegales residentes de cada país. Asimismo considera que varios aspectos de esta normativa podrían tener como contrapartida un “efecto llamada” por lo que solicita cautela a la hora de abordar su aprobación, desarrollo y su entrada en vigor.
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