• Contacto
  • separador
  • Anuncios clasificados
  • SUSCRÍBETE
Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión
Sección con el apoyo de

Aprobado el sistema de control de la Ley de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias

10/11/2009

El Consejo de Ministros aprobó el viernes la modificación del Reglamento de la Ley reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, con el objetivo de adaptar la atribución de las distintas competencias en el ámbito del procedimiento sancionador a la actual estructura orgánica del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Dicha normativa ya ha sido publicada en el BOE, como Real Decreto 1668/2009.

La nueva normativa establece los órganos competentes para la imposición de sanciones, tanto para iniciar el expediente sancionador como para la imposición de las sanciones. De esta forma, el órgano competente para iniciar el expediente sancionador es el Director General de Industria y Mercados Alimentarios, que nombrará instructor al Subdirector General por razón de materia o del sector. En el caso del aceite de oliva y aceituna será instructor el Director de la Agencia para el Aceite de Oliva.

En cuanto a los órganos competentes para la imposición de las sanciones, el Real Decreto contempla que el Director General de Industria y Mercados Alimentarios podrá imponer sanciones para infracciones leves, el Secretario General de Medio Rural para infracciones graves y la Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para las muy graves.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Lo último sobre PAC ESPAÑA

  • Así se reparten los 852 M€ de ayudas directas para el sector agrario 23/03/2026
  • Estas son las medidas del Gobierno por la crisis de Oriente Medio 23/03/2026
  • ¿Qué gasolinera tiene el gasóleo más caro? 20/03/2026
  • Dispositivo conjunto para prevenir la explotación laboral en explotaciones agrícolas de Navarra y La Rioja 20/03/2026
  • La Llotja de Barcelona radiografía el éxito agroalimentario catalán frente a la volatilidad global 19/03/2026
  • España libera reservas petrolíferas equivalentes a 12,3 días de consumo nacional 18/03/2026
  • Los planes de Planas para el campo post-2027 18/03/2026
  • El potencial oculto del campo español: 2 millones de hectáreas capturan carbono gratis 18/03/2026
  • Facebook
  • Instagram
  • TikTok
  • Twitter

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

¿Quieres estar al día de toda la actualidad del campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo