El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado una Resolución por la que se aprueba la reglamentación específica del Libro Genealógico y del Programa de Mejora de la Raza Equina Menorquina.
La reglamentación detalla las características generales del prototipo racial de Pura Raza Menorquina y los define como ejemplares que se encuentren inscritos tras el nacimiento en el libro genealógico de esta raza.
El libro genealógico está formado por el Registro de Nacimientos para los ejemplares nacidos de reproductores inscritos en el Registro Definitivo, que cumplan las condiciones establecidas y que sean de capa negra; y por el Registro Definitivo para los ejemplares reproductores procedentes del Registro de Nacimientos, que hayan cumplido tres años de edad, se ajusten al prototipo racial y acrediten la superación de una prueba de valoración específica para esta raza.
Por otro lado, se establece que todos los animales que se inscriban en el libro genealógico de la raza deberán estar identificados individualmente, y se les asignará un código único de identificación.
Sobre el procedimiento de inscripción en el Registro Definitivo, la comisión de valoración, formada por un veterinario autorizado y un técnico especialista de la raza, tiene por objeto valorar las aptitudes de carácter morfológico y faneróptico que deben reunir los sementales y yeguas del Registro de Nacimientos para obtener la categoría de “Apto como reproductor de la raza”.
Quedan autorizados los métodos de reproducción artificial de inseminación y trasplante de óvulos y embriones para los animales de las categorías destacadas: Joven Reproductor Recomendado, Reproductor Mejorante y reproductor de Élite.
Estos métodos deberán cumplir los criterios establecidos por la Asociación oficialmente reconocida para la gestión del libro genealógico de la raza, que es la entidad que ejecuta y desarrolla la reglamentación, teniendo en cuenta las directrices del Programa de Mejora de la raza para asegurar el mantenimiento de la variabilidad genética en la población.
Por último, se aprueba el programa de mejora de la raza, que tiene como objetivo conseguir animales de una conformación racial, adecuada a sus aptitudes funcionales y con unas cualidades temperamentales (nobleza e inteligencia) que faciliten el manejo en la doma y les permitan destacar en las disciplinas para las que se seleccione.
Dicho programa está estructurado en 5 etapas e integra el control de rendimientos para la valoración genética de los reproductores, con el fin no solo de conservar la raza, si no de mejorarla con las metodologías más avanzadas.
Esta Resolución se aprueba de acuerdo al desarrollo previsto en el Real Decreto por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas; actualizando y modernizando el marco de regulación básico para esta raza equina autóctona, compuesto por la reglamentación del libro y el programa de mejora.
La Resolución se encuentra disponible en la página web del MARM en
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