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El MARM homologa el contrato de compra venta de leche para la campaña 2010/11

05/11/2010

Se acaba de publicar en el BOE, la homologación del Ministerio de Medio Rural (MARM) del contrato de compra-venta de leche de vaca para su transformación para la campaña 2010/11, que ha sido presentado por la Interprofesión láctea INLAC (Orden 2834/2010).

Uno de los cambios de este contrato con respecto al que se homologó el año pasado es que se ha reducido a la mitad, el importe de las aportaciones paritarias de los suministradores y de los transformadores/receptores, para financiar la Comisión de Seguimiento, creada en el seno de INLAC, encargada de velar del cumplimiento del contrato. Las cuantía vigentes para la presente campaña serán de 0,06 €/1.000 litros a razón de 0,03 €/1.000 litros por cada parte contratante. Seguirá siendo el transformador el encargado de la recaudación.

Otra de las novedades en el contrato homologado para esta campaña es que se incluye la autorización del ganadero a la Comisión de Seguimiento para que ésta pueda ceder sus Datos de Carácter Personal a diversas Administraciones Públicas, con la finalidad de proceder a la gestión y concesión de las correspondientes subvenciones otorgadas por dichas Administraciones, así como para la gestión de otros actos administrativos ligados a la existencia del contrato de suministro de leche.
Los aspectos coincidentes del contrato homologado para esta campaña con el de la campaña pasada son, entre otros, que establece la manera de determinación del precio de la leche tipo 3,7% MG y 3,1% MP. Este se puede determinar por dos modalidades: modalidad precio mensual o modalidad precio referenciado.

En la modalidad precio mensual se acuerda de antemano el precio de la leche para cada uno de los meses que cubre el contrato. En la modalidad de precio referenciado se establece un precio inicial y la referencia, especificando el sistema de evolución de la referencia.

El precio final de la leche será el resultado de sumar o restar al precio pactado, las primas y/o penalizaciones que se acuerden entre las partes, por bacteriología, células somáticas, calidad extra, inhibidores, punto crioscópico, cantidad u otros conceptos (seguridad alimentaria, BPGs, lbjetivos e calidad, composición, etc).

El modelo de contrato también recoge la forma de pago. La leche se pagará mensualmente, a mes vencido, antes de un determinado día acordado. Si no se cumpliera el plazo de pago, se devengarían unos intereses, cuyo porcentaje también se acuerda en el contrato.

La duración del contrato será la acordada entre las partes, pero como mínimo de 3 meses.

Del contrato se firmarán tres copias, una para el vendedor, otra para el comprador y una tercera para la Comisión de Seguimiento.

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