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Fenacore insta al Defensor del Pueblo a interponer recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley de Aguas

Agua y sequía 23 Nov 2011 0

La Federación Nacional de Comunidades de Regantes (FENACORE) ha instado a la Defensora del Pueblo en funciones, María Luisa Cava, a interponer recurso de inconstitucionalidad en el plazo de tres meses contra el artículo 94 del texto refundido de la Ley de Aguas, que reconoce a las comunidades la potestad de asumir competencias sobre las comisarías de aguas cuando así lo recogen sus respectivos estatutos de autonomía.

La Federación, que adoptó esta decisión de forma unánime en su última Junta General, fundamenta el recurso en que el Ejecutivo no ha acreditado la extraordinaria y urgente necesidad del Real Decreto por el que se ceden las competencias en materia de policía de dominio público hidráulico a Andalucía, Aragón y Cataluña, lo que evidencia que se ha tratado de incorporar al ordenamiento acortando los plazos habituales del proceso ordinario de aprobación.

Según la Federación, el proceso de reforma acumula una serie de irregularidades que justifican declarar nula la disposición final primera de esta ley, como son el hecho de que la modificación no haya sido llevada a consulta al Consejo Asesor de Medio Ambiente ni al Consejo Nacional del Agua, organismo que debería haber emitido un informe preceptivo al respecto, tal y como marca la propia Ley de Aguas en su artículo 20.

Además, aduce que la reforma se ha sacado adelante vulnerando los derechos fundamentales de los ciudadanos, sin contar con los usuarios ni el resto de administraciones afectadas por la medida, como es el caso de Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia, vulnerando el artículo 8 del Convenio de Aarhus sobre acceso a la información y participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia en temas medioambientales de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.

Inconstitucional y perjudicial para los usuarios

Por otro lado, Fenacore argumenta que esta reforma rompe los principios de unidad de cuenca y unidad de gestión establecidos en la legislación de aguas. También incumple la Directiva Marco de Aguas que establece que la gestión y planificación del agua debe hacerse por cuencas hidrográficas y con participación de los interesados.

En la misiva dirigida a la Defensora, recuerda que el Dominio Público Hidráulico no es susceptible de transferencia ni delegación y así se recoge en el artículo 149.1.22 de la Constitución, donde se establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre el control, inspección y vigilancia de las concesiones y de las explotaciones de todos los aprovechamientos de aguas públicas. Además, este criterio está avalado por sendas sentencias del Tribunal Constitucional que devolvían al Estado Central las competencias que Andalucía y Castilla y León se habían arrogado sobre el Guadalquivir y Duero, respectivamente.

Según refleja en la carta dirigida a la Defensora del Pueblo, al margen de su inconstitucionalidad, esta reforma es, sobre todo, perjudicial para los usuarios porque en lugar de defender los intereses generales responde a intereses localistas y políticos, lo que generará conflictos territoriales por la distribución de los recursos hídricos, sobre todo, en épocas de sequía.

Finalmente, la Federación recuerda que con el fin de augurar un horizonte estable del agua en España y evitar que se atente en «forma y fondo» contra la Carta Magna, ha hecho extensiva la petición de interponer este recurso de inconstitucionalidad a los parlamentos autonómicos, así como a un centenar de diputados y senadores, llegando así a todos los políticos habilitados para poner en marcha esta herramienta jurídica.

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