El Ministerio de Agricultura italiano ha aprobado un decreto que obliga a elevar el contenido mínimo de zumo natural de fruta en las bebidas refrescantes que recuerdan el nombre o la descripción de una fruta. El decreto, que contiene disposiciones urgentes para promover el desarrollo del país a través de un mayor nivel de protección de la salud, establece la obligación de aumentar del 12 al 20% la cantidad de contenido en zumo natural en estos refrescos.
Según el Ministerio, esta medida tendrá un impacto muy positivo para los productores, especialmente los de los cítricos, pero además representa un importante paso adelante en vista de la protección de los consumidores.
La nueva norma no impide que los industriales continúen produciendo refrescos con menor proporción de jugo de fruta pero siempre que en el nombre ni en la descripción se haga referencia a la fruta.
Otro aspecto a tener en cuenta es que la norma no afecta en modo alguno a la definición comunitaria de zumo o néctar de fruta, que tienen porcentajes significativamente mayores de fruta. Los zumos de frutas derivan al 100% de fruta, tanto de productos frescos como de concentrados. En cuanto a los néctares, en el caso de Italia, la mayor cantidad presente en el mercado son los de «jugo y pulpa,» cuyo porcentaje de jugo y / o puré de fruta presente en la bebida varía en función del tipo de fruta utilizado y puede variar desde 25 a 50%.




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