El 24 de enero de 2013 el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia dictó Resolución en la que se adoptaba la medida cautelar por la que se intimaba a la ANCCE a suspender el artículo 23.1 del Reglamento de Concursos Morfológicos 2011 en lo que se refiere a los requisitos para ser considerado Secretaría Técnica homologada y dar respuesta en un plazo de 15 días a toda solicitud para formar parte del listado de Secretarías Técnicas, debiendo en su caso motivar las denegaciones que se produzcan. Todo ello con el fin de que tanto la denunciante, MELPI, como cualquier otro interesado puedan actuar como Secretaría Técnica homologada para los concursos morfológicos-funcionales de los caballos de Pura Raza Española.
El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha declarado el 13 de junio de 2013, a la vista del Informe de Vigilancia correspondiente, que se ha producido un incumplimiento de la Resolución citada y ha interesado a la Dirección de Investigación la incoación de procedimiento sancionador para valorar si, a la vista de los hechos que rodean a tal incumplimiento, el mismo es constitutivo o no de infracción, así como el alcance y efectos que el mismo haya podido tener.
A la vista de lo anterior, la Dirección de Investigación ha acordado con fecha 4 de julio de 2013 la incoación de expediente sancionador contra la ASOCIACIÓN NACIONAL DE CRIADORES DE CABALLOS DE PURA RAZA ESPAÑOLA por incumplimiento de la Resolución de 24 de enero de 2013, que será tramitado según el procedimiento de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que la incoación de dicho expediente prejuzgue la resolución final.
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