El 20 de noviembre de 2013, una mayoría de los miembros de la comisión representativa de las trabajadoras y trabajadores afectados por el ERE de PANRICO, alcanzaba un preacuerdo que se someterá a votación este sábado en varias asambleas que tendrán lugar en cada centro de trabajo entre las 11,00 y las 13,00 horas.
El preacuerdo se ha formado con las propuestas de la dirección, los trabajadores y la inspección de Trabajo, que han estado reunidos durante tres días negociando con el objetivo de conseguir un acuerdo que ponga fin al período de consultas.
El documento propone la reducción del número de extinciones de contratos planteados inicialmente por la empresa, dejándolas en 745, que se realizarían entre los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, correspondiendo a cada ejercicio, respectivamente, las siguientes:
• 312 extinciones en 2013.
• 277 extinciones en 2014.
• 79 extinciones en 2015.
• 77 extinciones en 2016.
Las extinciones previstas para los ejercicios 2015 y 2016 dependerán de la evolución de los resultados de la Compañía.
Para designar a los afectados por el expediente se aplicarán como criterios la voluntariedad y el ahorro económico para la empresa. También se podría contemplar el establecimiento de prioridades que protejan a ciertos colectivos tales como trabajadores con cargas familiares, mayores de determinada edad, personas con discapacidad. Igualmente, o miembros de una misma unidad familiar.
Como indemnización se proponen 25 días de salario por año de servicio con un tope de 14 mensualidades.
Para el personal que mantenga el empleo sujeto al convenio colectivo se plantea una reducción salarial que no deberá exceder del 18 % en 2013, ni del 15 % en los años 2014, 2015 y 2016. Durante los próximos años la Comisión de Seguimiento del Acuerdo podrá revisar el porcentaje aplicado en función de la evolución de la Compañía. Para el colectivo de trabajadores cuyas retribuciones no se regulan por los Convenios Colectivos de aplicación en la empresa, se propone una reducción salarial media del 27 %.
Para reducir el impacto del despido colectivo, se incluirán medidas de recolocación interna y externa, movilidad geográfica y funcional, establecimiento de una bolsa de trabajo y derechos de preferencia de los trabajadores para ocupar las vacantes que se produzcan, en detrimento de la subcontratación o contratación a través de empresas de trabajo temporal.
Se constituirá, para garantizar el cumplimiento del acuerdo y las incidencias que puedan surgir en su aplicación, una Comisión de Seguimiento. La Comisión tendrá que tener acceso a la adecuada información para evaluar la situación económica, financiera y patrimonial de la empresa y velar así por el correcto cumplimiento del Acuerdo.
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