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La administración catalana aclara la problemática del freno de servicio en tractores agrícolas

Insumos agrícolas 6 Jul 2015 0

Ante la proliferación de casos de tractores agrícolas en el que la información referente al freno de servicio que figura en su ficha técnica no se corresponde con lo que llevan instalado, el departamento de Empresa y Empleo de la Generalitat de Cataluña, comunica que:

– Hasta la actualidad, la ausencia de la válvula de acoplamiento del freno del remolque en determinados modelos de tractor requería la modificación de la tarjeta de inspección técnica de vehículos (ITV). Este trámite no se podía efectuar en las estaciones de ITV móviles, que son las que utilizan la mayoría de tractores agrícolas. Por tanto, esta incidencia comportaba para los usuarios una inspección desfavorable y la obligación de desplazarse hasta una estación fija para realizar el trámite.

– A partir del día 1 de julio, cuando se produzca esta situación, se anotará en la tarjeta de ITV de los tractores agrícolas la inexistencia del tipo de freno por el que le corresponde una determinada capacidad de carga remolcable.

– La modificación por esta causa de la capacidad de carga autorizada no se hará en la tarjeta de ITV, sino que se indicará en el informe de inspección. De este modo, la ausencia de la válvula de acoplamiento del freno del remolque no será motivo para que la inspección del vehículo se considere desfavorable en determinados modelos de tractor, y el vehículo agrícola podrá circular con una carga máxima de acuerdo con el que indique este informe de inspección.

– Esta modificación se podrá realizar desde cualquier estación móvil de ITV, cuando hasta ahora la normativa obligaba a desplazarse a una estación fija.

– La modificación aprobada también prevé que aquellos vehículos agrícolas que desde octubre de 2014 han pasado la ITV y se les ha anotado la capacidad de carga en la tarjeta de ITV podrán dirigirse a una estación fija de ITV y solicitar sin costo un duplicado de la tarjeta que actualice su situación de acuerdo con este criterio.

– La medida no afecta ni los criterios técnicos ni las pruebas que deben superar los vehículos durante la revisión, por lo que no tiene ninguna afectación sobre la seguridad vial. Fuente: DAAM

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