La Comisión Europea ha abierto una consulta pública hasta el 25 de julio para conocer la opinión de las partes interesadas sobre la revisión del reglamento sobre las ayudas de minimis. El actual Reglamento nº 1998/2006 establece que los Estados miembros pueden conceder ayudas de hasta 200.000 € por beneficiario durante un período de 3 años (« umbral de minimis ») sin notificación previa a la Comisión para su aprobación. Se considera que dicha cantidad no tiene un impacto en la competencia y el comercio en el mercado único de la UE y, por lo tanto, no se considera ayuda estatal.
Está previsto que las reglas actuales expiren el 31 de diciembre de 2023. Los cambios propuestos tienen como objetivo actualizar las reglas de umbrales actuales de minimis, teniendo en cuenta la inflación pasada y estimada para el período 2014-2030 y reflejando la evolución económica reciente.
Además, en consonancia con el resultado del control de adecuación de las ayudas estatales de 2019 , la Comisión considera introducir un registro obligatorio de beneficiarios, con el objetivo de reforzar la transparencia para las partes interesadas y los Estados miembros, al tiempo que reduce la carga administrativa para las empresas que actualmente utilizan un sistema autónomo. -sistema de declaración. La Comisión tendrá en cuenta los comentarios recibidos en el contexto de esta convocatoria de pruebas en su revisión de las normas de minimis.
Para acceder a la consulta pública, pinche aquí.
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