El Consejo Regulador de la DOC Rioja ha publicado las normas para el traslado de mostos y movimiento de vinos durante la próxima vendimia. Son normas de obligado cumplimiento para todos los operadores del ámbito de la Denominación Rioja.
Establecen la imposibilidad de traslado de mosto o vino de la añada 2020 con anterioridad a la declaración de cosecha y la obtención del resultado de verificación de la calificación.

Por otro lado, regula la excepción para traslado de mostos blancos y rosados siempre que exista una justificación técnica y se efectúe la correspondiente solicitud.
Asimismo, marca los descuentos mínimos por mermas a los vinos obtenidos a partir de mostos adquiridos, que son del 1% para los mostos desfangados y del 4% para los no desfangados. En caso de que la parte vendedora y la compradora acordasen mermas superiores debe se comunicado al Consejo Regulador, según informa UAGA Alava
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