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Murcia establece las bases reguladoras para las subvenciones a la suscripción de los seguros agrarios

28/06/2018

La Consejería de Agricultura de la Región Murcia ha establecido mediante una Orden publicada esta semana en el Boletín Oficial de la Región (BORM) las bases reguladoras para las subvenciones a la suscripción de los seguros agrarios.

El fomento del seguro agrario, como medida eficaz de mantenimiento de la renta de los agricultores y ganaderos, es una de las prioridades del Gobierno regional, ya que permite a estos hacer frente a pérdidas económicas como consecuencia de la climatología adversa sobre los cultivos u otro tipo de siniestro.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas agricultores o ganaderos que hayan suscrito seguros agrarios de las líneas que se determinen en la correspondiente convocatoria para explotaciones situadas en el ámbito territorial de la Comunidad y que sean beneficiarios de una ayuda concedida por la Entidad Nacional de Seguros Agrarios. Las pólizas a subvencionar deberán suscribirse con compañías aseguradoras de Agroseguro.

Los solicitantes deben estar inscritos en el Registro de Explotaciones. Todos los que reúnan los requisitos exigidos en las bases tendrán derecho a las ayudas. No obstante, la concesión de subvenciones estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio en el que se convoque la ayuda.

La subvención será adicional a la que concede la Entidad Nacional de Seguros Agrarios (Enesa) y tomará forma de bonificación sobre el coste del seguro. La ayuda concedida para cada póliza, sumada a la concedida por Enesa en el mismo ámbito, no podrá superar los límites establecidos en la normativa comunitaria.

El importe de esta subvención se establece en un porcentaje máximo de la subvención concedida por Enesa a cada solicitante y para cada línea de seguro. En el caso de que con este porcentaje se superara el crédito máximo disponible, el porcentaje se ajustará mediante prorrateo entre todos los beneficiarios, hasta agotar el crédito máximo disponible.

El límite máximo de subvención por solicitante será de 30.000 euros, independientemente del número de pólizas que suscriba cada beneficiario. El plazo para la resolución y notificación de las ayudas será de seis meses.

Enesa facilitará a la Consejería la información necesaria para el cálculo de las ayudas, así como el resultado de los controles a posteriori en el caso de que proceda el reintegro de parte o la totalidad de las ayudas concedidas a los beneficiarios para el cálculo del reintegro correspondiente.

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