El “Reglamento Ómnibus”, aprobado recientemente, reconoce a los árboles y arbustos como productores de alimento para los animales, no pudiéndose restar admisibilidad en las hectáreas que son objeto de subvención en la Política Agraria Comunitaria (PAC). El Ministerio de Agricultura Gobierno así lo ha recogido en el reciente Real Decreto 27/2018, reconociendo esas hectáreas admisibles a los ganaderos que realizaron alegaciones al SIGPAC.
La Federación Española de la Dehesa (Fedehesa), la Federación de Asociaciones Forestales de Castilla y León, la Asociación de Gestores de Dehesas de Extremadura, la Plataforma por la Ganadería Extensiva y el Pastoralismo, así como por distintas organizaciones del sector agroganadero y forestal llevan años trabajando en este tema.
Dichas organizaciones señalan que aunque esta normativa reciente indica que los árboles y arbustos no restan admisibilidad y debe considerarse toda la superficie como pastos permanentes, es previsible que desde la administración estatal no se vaya a elaborar una nueva capa en el SIGPAC fijando un nuevo CAP (Coeficiente de Admisibilidad de Pastos). No obstante, la administración si tendrá que admitir que el productor que reclame revisión del CAP, mediante alegaciones al SIGPAC, será atendido en su declaración de la PAC del presente año 2018.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.