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Destruyen el salmueroducto que habría de evitar el vertidos de residuos al Mar Menor

29/11/2017

La Confederación Hidrográfica del Segura, CHS; ha desmantelado el salmueroducto que ella misma construyó hace decenas de años para evacuar la salmuera de las desalobradoras que existían y que contaban con autorización, la cual se les negó pasados los 6 años tras los que habría de renovarse dicha concesión, según informa COAG Murcia.

Además, se construyó una estación de bombeo junto a la desembocadura de la rambla del Albujón, que nunca llegó a funcionar, cuya misión era recoger los drenajes y vertidos que llegaban por el salmueroducto y por la Rambla del Albujón y bombearlos hasta la desalobradora de El Mojón, en donde se tratarían, vertiendo el residuo final  en el Mediterráneo.

Esto último era consecuencia de la aplicación de la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, en vigor en la actualidad, que dice en el punto 5 del artículo Undécimo que “Todas y cada una de las obras incluidas en los Anexos II y III se declaran de interés general con los efectos previstos en los artículos 46.2, 127 y 130 del texto refundido de la Ley de Aguas…”,  Anexo III que incluye, entre otras actuaciones, la “Ampliación de la Estación Desaladora de Aguas Salobres –EDAS– de El Mojón y sus colectores”, dándolo todavía más rango en el Anexo IV, en el que se declara esta obra dentro de las “Actuaciones prioritarias y urgentes en las cuencas mediterráneas.”

En lugar de  cumplir la Ley en vigor  y proceder a la terminación de estos colectores, o lo que es lo mismo, el salmueroducto declarado de interés general y por el procedimiento de actuación prioritaria y urgente, la CHS se dedica a destruir aquella red que costó unos 6.000 millones de pesetas a los contribuyentes y que permitiría que, desde hace muchos años, los drenajes de la actividad agrícola del Campo de Cartagena no llegaran al Mar Menor.

Esto es especialmente sangrante cuando, además, en la Normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura (2015-2021), se recoge en su Artículo 53, Actuaciones en acuíferos costeros  en proceso de  salinización que: “1. Podrán otorgarse  las correspondientes concesiones administrativas destinadas a la explotación de recursos renovables de acuíferos costeros salobres, cuyas aguas previamente a su utilización sean desaladas, como apoyo y complemento a una dotación escasa de una zona regable establecida; o bien como seguridad adicional a la disponibilidad de recursos frente a periodos de escasez.

  1. La explotación de los acuíferos costeros salobres cuando precise de una planta desalobradora, estará condicionada a la correcta recogida y evacuación de las salmueras al mar, así como a cuantas otras condiciones pudieran imponer las administraciones competentes. “

¿Pueden los Responsables Públicos no acatar las leyes y hacer justamente lo contrario de lo que estas dictan sin ser responsable de los perjuicios que sus decisiones comportan?  En COAG Murcia creemos que no y que ya es hora de que se ponga orden en la Administración Pública del Agua para que no se sigan produciendo más daños al regadío murciano y a los agricultores y al resto de los ciudadanos.

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