La Comisión Europea adoptó en mayo de 2013 una propuesta de Reglamento sobre los controles oficiales para garantizar la aplicación de la legislación sobre los alimentos y los piensos, que incluye la exención del requisito de acreditación para los laboratorios oficiales cuya única actividad consista en la detección de triquinas en la carne.
Hasta la publicación de esta propuesta, la Comisión Europea ha establecido medidas transitorias del 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2020 (Reg. 2016/1843). La autoridad competente podrá designar un laboratorio que realice los ensayos oficiales de Trichinella y que esté localizado en un matadero o en un establecimiento de manipulación de caza, siempre y cuando dicho laboratorio, aunque no esté acreditado con arreglo a la norma, presente a la autoridad competente garantías satisfactorias de que se han implantado sistemas de control de la calidad para los análisis de muestras que realiza a efectos de los controles oficiales.
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