A partir de hoy 20 abril se inicia el periodo de no estacionalmente libre del vector de la lengua azul o fiebre catarral ovina, lo que implica que no se podrá restringir ningún movimiento de especies sensibles a la enfermedad dentro de todo el Estado, con la excepción de las islas, hasta el 30 de junio.
A partir del 30 de junio y hasta el inicio del siguiente Período Estacionalmente Libre del Vector, sólo se podrán mover los animales procedentes de las zonas de vacunación si se ha completado el protocolo de vacunación frente a los serotipos incluidos en la normativa en cada caso.
Alguna Comunidad Autónoma ha pedido al Ministerio una ampliación del plazo en base a los datos epidemiológicos y de valoración del riesgo de dispersión de la enfermedad, dentro y fuera de los límites actuales, pero el Ministerio no parece que tenga intención de ampliarlo.
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