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El Congreso aprueba la Ley de Representatividad Agraria

27/06/2014

El Congreso de los Diputados aprobó ayer, la Ley que regula el procedimiento para determinar la representatividad del sector agrario y crea el Consejo Asesor Agrario, presentada por el Gobierno a instancias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. El objeto de esta norma es regular el procedimiento de consulta para determinar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias de carácter general en el ámbito estatal. Mediante la misma se crea el Consejo Agrario como órgano colegiado de carácter consultivo adscrito al Ministerio y el Consejo Agroalimentario del Estado.

La consulta se verificará mediante voto personal, directo y secreto de los agricultores, ya sean personas físicas o jurídicas, de forma presencial en las mesas habilitadas al efecto o mediante voto por correo ordinario. Se instalará una Mesa de consulta en cada capital de provincia, y tantas Mesas comarcales como sean necesarias, en función del censo de la demarcación provincial. Las Mesas incluyen un máximo de quinientos electores.

Los inscritos en el censo podrán participar en la consulta que se realizará en todo el territorio nacional, de forma simultánea, para determinar las organizaciones profesionales agrarias más representativas. Esta participación podrán ejercerla los electores bien por correo o de modo presencial en la Mesa correspondiente a su demarcación territorial, que se constituirá en cada Subdelegación del Gobierno, o Delegación del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales y en las Ciudades Autónomas.

Esta Ley deroga la de 2009 sobre los órganos consultivos en el ámbito agroalimentario, sustituye el procedimiento de medición de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias actual, basado en las elecciones a Cámaras Agrarias, por una consulta de ámbito estatal y simultáneo e, igualmente, cambia el órgano consultivo existente, el Comité Asesor Agrario, por otro en el que la representación sea proporcional a los resultados obtenidos en la consulta.

Serán organizaciones profesionales agrarias más representativas las que obtengan, al menos, un quince por ciento de los votos válidos emitidos en la consulta en todo el Estado y, además, en seis Comunidades Autónomas, al menos un cinco por ciento de los votos válidos emitidos en la consulta en cada una de ellas. La distribución de los representantes en el órgano consultivo será proporcional a los votos obtenidos.

La consulta se celebrará cada cinco años y servirá para determinar la composición del Consejo Agrario, órgano colegiado de carácter consultivo adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, cuya finalidad es asesorar a la Administración General del Estado en las cuestiones de interés general agrario y rural. Además, crea el Consejo Agroalimentario del Estado, cuyo funcionamiento se desarrollará reglamentariamente.

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